* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 7.990, referida a de-
safectación de inmuebles de las disposiciones de la Ley Nº
7.535 (Sistema de Protección del Patrimonio Cultural y de
los Bienes Arquitectónicos), en la forma que a continuación
se indica:
1.- En el Artículo 1º: Suprimir los incisos a), b) y e),
cuyos textos, respectivamente, son:
a) Identificado con el Padrón Nº 2033, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Re-
gistral Nº N-5837 y N-12919, ubicado en calle
San Martín esquina Maipú, departamento Capital;
b) Identificado con el Padrón Nº 4730 e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Re-
gistral Nº N-00912, ubicado en calle Mendoza es-
quina Rivadavia, departamento Capital;
e) Identificado con el Padrón Nº 2059, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en el Libro 219,
Folio 189, Serie B, ubicado en Avda. Sarmiento
Nº 800, departamento Capital.
2.- En el Artículo 2º: Suprimir los incisos a) y b), cu-
yos textos a continuación se indican:
a) Identificado con el Padrón Nº 2059, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en el Libro 219, Fo-
lio 189, Serie B, ubicado en Avda. Sarmiento Nº
800, departamento Capital.
b) Identificado con el Padrón Nº 2033, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Re-
gistral Nº N-5837 y N-12919, ubicado en calle
San Martín esquina Maipú, departamento Capital.
3.- En el Artículo 3º: Suprimir los incisos a), b) y e),
cuyos textos a continuación se indican:
a) Identificado con el Padrón Nº 2033 e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Re-
gistral Nº N-5837 y N-12919, ubicado en calle
San Martín esquina Maipú, departamento Capital;
b) Identificado con el Padrón Nº 4730, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Re-
gistral Nº N-00912, ubicado en calle Mendoza es-
quina Rivadavia, departamento Capital;
e) Identificado con el Padrón Nº 2059, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en el Libro 219, Fo-
lio 189, Serie D, ubicado en Avda. Sarmiento Nº
800, departamento Capital.
Art. 2º.- Aféctense nuevamente los inmuebles identifica-
dos en apartado 1 del artículo anterior a las disposiciones
de la Ley Nº 7.535 (Sistema de Protección del Patrimonio
Cultural y de los Bienes Arquitectónicos).
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
marzo del año dos mil ocho.