• Detalle de Ley

    Ley N°: 8095
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ADMINISTRATIVO - NO GENERALES
    Sancionada: 03/07/2008
    Promulgada: 14/07/2008
    Publicada: 18/07/2008
    Boletin Of. N°: 26831

  • Texto
  •    La Legislatura de la Provincia  de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                            L E Y : 
    
       Artículo 1º.- Ratifícase, en todos  sus  términos, el De-
    creto  con Invocación de Necesidad y Urgencia Nº 49/1 de fe-
    cha 27 de Junio de 2008.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    Dada en la Sala de Sesiones  de la Honorable  Legislatura de
    la  Provincia  de Tucumán, a  los tres días del mes de julio
    del año dos mil ocho.
    
    
    
                    San Miguel de Tucumán, 27 de Junio de 2008.-
    
    DECRETO ACUERDO Nº 49/1.-
    
                  VISTO, la  situación del inmueble de propiedad
    del  Superior Gobierno de la  Provincia ubicado en calle San
    Martín esquina Maipú, de San Miguel de Tucumán, y
    
                  CONSIDERANDO:
    
                  Que recientemente la Dirección General de Ren-
    tas de la  Provincia  desocupó  el inmueble mencionado en el
    que funcionaba la  repartición, el que  actualmente  se  en-
    cuentra sin uso.
    
                  Que  por sus características no  resulta apro-
    piado para el funcionamiento de reparticiones de la Adminis-
    tración Pública Centralizada.
    
                  Que asimismo resulta necesario adoptar las me-
    didas conducentes a  la conservación  del  mismo conforme al
    destino y condiciones establecidos por la Ley 7.535.
    
                  Que la Caja Popular de Ahorros de la Provincia
    solicita al Poder Ejecutivo la posibilidad de  incorporar  a
    su patrimonio  un  inmueble  para ser destinado al funciona-
    miento y desarrollo de las actividades propias de la  insti-
    tución.
                  Que se estima conveniente y  oportuno transfe-
    rir a la  citada  entidad autárquica el inmueble en cuestión
    para mantener  su condición de bien de dominio público afec-
    tado al uso directo o indirecto de la comunidad, incluido en
    el patrimonio cultural, permitiéndole satisfacer los  reque-
    rimientos edilicios propios  de su funcionamiento y a su vez
    cumplir las condiciones establecidas por la Ley mencionada.
    
                  Que urge adoptar medidas  tendientes  a evitar
    daños irreversibles en el inmueble referido, causados por la
    falta de uso y el transcurso del tiempo, preservando  la in-
    tegridad patrimonial del Estado Provincial mediante  el  in-
    tercambio de valores  equivalentes dentro del patrimonio pú-
    blico.
    
                  Que a su vez, la Caja Popular de Ahorros de la
    Provincia solicita autorización para transferir a la Provin-
    cia tres inmuebles de su propiedad que se encuentran en con-
    dición  de baldíos, ubicados en:
    
         1).- Laprida Nº 469 de la ciudad de San Miguel de Tucu-
    mán; identificado bajo Matrícula Registral: N-32699;  Padrón
    Catastral Nº 3491; Circunscripción 1; Sección 2; Manzana 32;
    Parcela 9B, Orden 1058. 
    
         2).- Rivadavia Nº 480 de la ciudad de San Miguel de Tu-
    cumán; identificado  bajo Matrícula  Registral: N-32698; Pa-
    drón Catastral Nº 3492; Circunscripción 1; Sección 2; Manza-
    na 32; Parcela 28B, Orden 1077.
    
         3).- 24 de Septiembre Nº 570 de la ciudad de San Miguel
    de Tucumán; identificado bajo Matrícula Registral: S-23.382;
    Padrón Catastral  Nº 11.590;  Circunscripción 1;  Sección 4;
    Manzana 215; Parcela 15, Orden:1.
    
                  Que con las transferencia solicitadas no se a-
    fecta el patrimonio de la Institución  ni  del  Superior Go-
    bierno de la Provincia toda vez que los valores establecidos
    por la Comisión de Tasaciones resultan equiparables;
    
                  Que por otro lado, los inmuebles de  propiedad
    de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, están  situa-
    dos en lugares estratégicos para la radicación y el desarro-
    llo de iniciativas privadas por lo que  resulta  conveniente
    su venta como mecanismo eficaz para el  impulso de la econo-
    mía local.
                  Que  la venta de  dichos  inmuebles  al sector
    privado importa  implementar medidas concretas  de  gobierno
    tendientes a la promoción y fomento a  la inversión  pública
    y privada, con la consecuente ocupación  de  mano de  obra y
    creación de puestos de trabajo.
    
                  Que atento a  que el inmueble situado en Maipú
    Nº 187 está  incluido en el régimen de la Ley Nº 7142 (y que
    figura identificado en  el Anexo II de la misma como ubicado
    en Maipú y Mendoza), resulta necesaria su desafectación, pa-
    ra proceder de igual modo que los inmuebles referidos prece-
    dentemente.
                  Que el producido de las ventas de los  referi-
    dos inmuebles será destinado a fortalecer la capacidad  ope-
    rativa de las reparticiones y organismos encargados de la e-
    jecución de obras públicas, mediante la adquisición  de  ma-
    quinarias  y equipamiento necesario para  encarar obras via-
    les, hídricas y demás obras de infraestructura.
    
                  Que por todo lo expuesto, y  en uso de las fa-
    cultades conferidas por el artículo 101 inc.2) de la Consti-
    tución de la  Provincia, se estima del caso dictar  el  pre-
    sente Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia.
    
                                Por ello,
    
    
                       EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
                          EN ACUERDO DE MINISTROS
                                 DECRETA:
    
    ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo  a  transferir a
    la Caja Popular de Ahorros  de  la Provincia, el inmueble de
    propiedad  del Superior Gobierno de la Provincia sito en ca-
    lle San Martín 717(esquina Maipú) de la ciudad de San Miguel
    de Tucumán, identificado bajo  Matrícula  Registral N-5837 y
    N-12919, Padrón Nº 2033; en los términos y condiciones de la
    Ley 7.535 y sus modificatorias.
    
    ARTÍCULO 2º.- Facúltase a  la  Caja  Popular  de  Ahorros  a
    transferir a favor del Superior Gobierno de la Provincia  la
    titularidad de los inmuebles de su propiedad  cuyos  antece-
    dentes  dominiales  y catastrales se indican a continuación:
    
             1).- Laprida Nº 469 de la ciudad  de  San Miguel de
             Tucumán; identificado   bajo  Matrícula  Registral:
             N-32699, padrón Catastral  Nº 3491; Circunscripción
             1; Sección 2;  Manzana 32; Parcela 9B. Orden: 1058.
    
             2).- Rivadavia Nº 480 de la ciudad de San Miguel de
             Tucumán; identificado  bajo Matrícula Registral: N-
             32698; Padrón Catastral Nº 3492; Circunscripción 1;
             Sección 2;  Manzana 32; Parcela  28B,  Orden  1077.
    
             3).- 24 de Septiembre Nº 570 de la  ciudad  de  San
             Miguel de Tucumán; identificado bajo Matrícula  Re-
             gistral:  S-23.382;  Padrón   Catastral  Nº 11.590;
             Circunscripción 1; Sección 4,  Manzana 215; Parcela
             15, Orden: 1.
    
    ARTÍCULO 3º.- Desaféctase  de la Ley Nº 7142 (Activo por Ac-
    tivo) el  inmueble  de propiedad del Superior Gobierno de la
    Provincia sito en calle Maipú Nº 187 de la ciudad de San Mi-
    guel de Tucumán identificado  bajo  Matrícula  Registral: N-
    35039, Padrón Catastral Nº 4.025; Circunscripción 1; Sección
    2; Manzana 50; Parcela 17A.
    
    ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la  Provincia
    a enajenar, mediante licitación pública, los inmuebles cuyos
    antecedentes dominiales y catastrales se detallan  a  conti-
    nuación:
             1).- Laprida Nº 469 de la ciudad de San  Miguel  de
             Tucumán; identificado  bajo Matrícula Registral: N-
             32699; Padrón Catastral Nº 3491; Circunscripción 1;
             Sección 2;  Manzana  32;  Parcela  9B.  Orden:1058.
    
             2).- Rivadavia Nº 480 de la ciudad de San Miguel de
             Tucumán; identificado bajo  Matrícula Registral: N-
             32698; Padrón Catastral Nº 3492; Circunscripción 1;
             Sección 2;  Manzana  32;  Parcela  28B, Orden 1077.
    
             3).- 24 de Septiembre Nº 570 de la  ciudad  de  San
             Miguel de Tucumán, identificado bajo Matrícula  Re-
             gistral: S-23.382; Padrón Catastral Nº 11.590; Cir-
             cunscripción 1; Sección 4, Manzana 215, Parcela 15,
             Orden: 1.
    
             4).- Maipú Nº 187 de la ciudad de San Miguel de Tu-
             cumán, identificado  bajo  Matrícula  Registral: N-
             35039, Padrón  Catastral  Nº 4.025; Circunscripción
             1; Sección 2; Manzana 50; Parcela 17 A.
    
    ARTÍCULO 5º.- El monto resultante de la venta de los  inmue-
    bles a  que se refiere el  Artículo 3º, será  aplicado  a la
    adquisición de maquinarias y  equipamiento con  destino a la
    Administración Provincial.
    
    Artículo 6º.- Remítase  a  consideración de la Honorable Le-
    gislatura de la Provincia, conforme lo  establecido  por  el
    Artículo 101 de la Constitución de la Provincia.
    
    ARTÍCULO 7 .- El presente Decreto  Acuerdo  será  refrendado
    por los señores  Ministros de Gobierno y Justicia, de Econo-
    mía, de Salud  Pública, de Desarrollo Productivo, de Seguri-
    dad Ciudadana, de Educación, de Interior y de Desarrollo So-
    cial, y firmado por el señor Secretario General de la Gober-
    nación.
    
    ARTÍCULO 8º.- Dése  al Registro Oficial de Leyes y Decretos,
    comuníquese, publíquese  en el  Boletín Oficial y archívese.
    

  • Relaciones

    Ratifica DECRETO ACUERDO 49-1-2008
    Modifica a Ley 7142
    Vinculada a Ley 8125

  • Resumen

    RATIFICA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 49/1-2008 -TRANSFERENCIA DE INMUEBLES AL PODER EJECUTIVO Y A LA CAJA POPULAR DE AHORROS-. DESAFECTA INMUEBLES DE LEY N° 7142 -ACTIVO POR ACTIVO-.

  • Observaciones

    -DCTO.2199/3(ME)-2008- B.O.01-08-2008- INSTRUYE A ESCRIBANÍA DE GOBIERNO A REALIZAR LAS RESPECTIVAS ESCRITURAS
    TRASLATIVAS DE DOMINIO.
    -DCTO.2683/3-2008- B.O.10-09-2008- CREA CTA DE ACTIVOS PARA LEYES 8095 Y 8096
    -DCTO.2877/32008- B.O. 25-09-2008- DEROGA DCTO.2683/3-SH-2008-
    -DCTO.3149/3-2008- B.O.09-10-2008- APROBACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN DE INMUEBLE CALLE MAIPÚ 187.
    -DCTO.4022/3(ME)-2008- B.O.01-12-2008- APROBACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN DE INMUEBLE LAPRIDA 469.
    -DCTO.4560/3(ME)-2010- B.O.18-01-2011- APROBACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN INMUEBLE 24 DE SETIEMBRE 570.
    -DCTO.4713/3-2010- B.O.27-01-11- APROBACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN DE INMUEBLE DE RIVADAVIA Nº480.