La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modìficase el Artículo 1º de la Ley Nº
7.824 y su modificatoria, en la forma que a continuación se
indica:
-Sustituir la expresión: "Matrícula Registral NºZ-8.925",
por la exprresión: "Matrícula Registral Nº Z-10.423".
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de julio
del año dos mil mueve.