La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto
Acuerdo con Invocación a Necesidad y Urgencia Nº 7/1, de fe-
cha 10 de Mayo de 2010, mediante el cual se incrementa el
número de cargos fijados en el Artículo 8º de la Ley Nº 8239
-Presupuesto General 2010-, en mil quinientos (1500), los
cuales serán incorporados al Sistema Provincial de Salud.
Art.2º.- Convalídase todo lo actuado por el Poder Ejecu-
tivo en el marco del Decreto Acuerdo con Invocación a Nece-
sidad y Urgencia Nº 7/1, de fecha 10 de Mayo de 2010.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiún días del mes de
mayo del año dos mil diez.
San Miguel de Tucumán, 10 de mayo de 2010.-
DECRETO ACUERDO Nº 7/1.-
VISTO la situación de revista de los a-
gentes que integran la planta de personal del Sistema Pro-
vincial de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo estima del caso,
con el objeto de promocionar y brindar estabilidad laboral a
aquellos empleados del Estado que revisten transitoriamen-
te en los distintos niveles del referido Organismo, con a-
juste a las disposiciones del régimen jurídico pertinente,
y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 5652 y mo-
dificatorias, incrementar el número de cargos de su Planta
Permanente.
Que a fin de lograr a la mayor brevedad
posible la titularización de estos agentes dada la naturale-
za de sus funciones, y si bien es cierto que para ellos es
necesario el dictado de una Ley, la urgencia con que debe
adoptarse tal decisión amerita actuar conforme la facultad
conferida por el artículo 101 inciso 2º) de la Constitu-
ción Provincial.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Increméntase el número de cargos fijados en
el Artículo 8º de la Ley Nº 8.239 (Presupuesto General 2010)
en MIL QUINIENTOS (1500), los cuales serán incorporados al
Sistema Provincial de Salud.
ARTICULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la
Secretaría de Estado de Hacienda, a reasignar los créditos
presupuestarios en el Sistema Provincial de Salud, que per-
mita el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto
Acuerdo de Necesidad y Urgencia.
ARTICULO 3º.- Modifícase la Planta de Cargos de Personal
Permanente del Sistema Provincia de Salud, establecida me-
diante Ley Nº 8.239, la que se incrementa en las cantidades
por Nivel, según se indica en el ANEXO del presente instru-
mento legal.
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la H. Legislatura en los térmi-
nos del Artículo 101 inciso 2º) de la Constitución Provin-
cial.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto Acuerdo será refrendado
por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Econo-
mía, de Salud Pública, de Desarrollo Social, de Interior, de
Educación, de Desarrollo Productivo y de Seguridad Ciudadana
y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTICULO 6º.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ANEXO
ENTIDAD Nº 67 SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
PROGRAMA 11 - U.O. Nº 965 - SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
SUBPROGRAMA 00
PROYECTO 00
FINALIDAD/FUNCION 314
ACTIVIDAD: 01 - U.O. Nº 965 - SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
CAT ES/NI DENOMINACIÓN DEL CARGO CANTIDAD
A 566
B 103
C 129
D 354
E 177
F 171
TOTAL GENERAL 1.500