La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a hacer
denuncia del Convenio suscripto el 21 de Mayo de 1971 en
virtud de la Ley Nº 3691 y a celebrar un nuevo convenio con
el Colegio de Escribanos de Tucumán, cuyo texto forma parte
de la presente, a fin de brindar asistencia técnica
especializada al Registro Inmobiliario de la Provincia,
tendiente a mejorar su funcionamiento.
Art. 2º.- Derógase la Ley Nº 3691.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los once días del mes de
enero del año dos mil once.