La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 8228 y su modificato-
ria Ley Nº 8358 en la forma que a continuación se indica:
-Reemplazar los Artículos 1º y 2º, por los siguientes:
Artículo 1º.- Declárase la Emergencia Económica del
Estado Provincial, Municipalidades y Comunas Rurales a
partir de la vigencia de la presente Ley y hasta el 31
de Diciembre de 2012.
Art. 2º.- Dispónese la inembargabilidad de los fondos
del Estado Provincial, Municipal y Comunas Rurales has-
ta el 31 de Diciembre de 2012.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de diciembre
del año dos mil once.