• Detalle de Ley

    Ley N°: 8491
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 26/03/2012
    Promulgada: 28/03/2012
    Publicada: 30/03/2012
    Boletin Of. N°: 27749

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la  Ley Nº 8467 (Ley Impositiva
    de la Provincia), en la forma que a continuación se indica:
       1) En el Nomenclador de Actividades y Alícuotas
          establecido en el anexo indicado en el Artículo 7º,
          reemplazar las alícuotas y notas por las que se
          indican en cada uno de los códigos del nomenclador del
          anexo que forma parte de la presente Ley.
       2) En el Artículo 54 apartado 2., reemplazar el inciso b)
          por el siguiente:
          “b) Call Center o Contac Center o Web Hosting, el uno
          con cinco décimos por ciento (1,5%), siempre que
          mantenga en su planta de personal, un mínimo de 3000
          agentes residentes en la Provincia y demuestre
          cumplimiento en sus obligaciones fiscales conforme
          requerimiento de la Autoridad de Aplicación.”
    
       Art. 2º.- La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1°
    de  Abril de 2012 inclusive.
    
       Art. 3º.- Comuníquese. 
       Dada en la  Sala de Sesiones  de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán a los veintiséis días del mes de
    marzo del año dos mil doce.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 8467
    Modificada por Ley 8525

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 8467 -LEY IMPOSITIVA-. VIGENCIA A PARTIR DEL 01/04/2012.

  • Observaciones