La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Apruébase, en todos sus términos, los
Convenios Unicos de Colaboración y Transferencia firmados
con fecha 20 de Mayo de 2013, entre el Gobierno de la
Provincia y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios de la Nación, para realizar diferentes obras en
jurisdicciones de Comunas y Municipios, los cuales forman
parte integrante de la presente Ley; conforme a lo dispuesto
en el segundo párrafo del Artículo 2° de la Ley N° 8577
(Plan: "Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria").
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes
de mayo del año dos mil trece.