La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 5530 y sus
modificatorias (Categorías y Límites de los Municipios del
Interior), en la forma que a continuación se indica:
-Reemplazar en el Anexo N° 1, Municipalidad de San Miguel
de Tucumán, el párrafo 3° por el siguiente:
"Límite Sur: Desde el arroyo Manantial y el cruce con la
Ruta Provincial N° 301 (Ex Nacional N° 38) siguiendo por
su curso hasta su intersección con la prolongación de
calle William Bliss (antiguo camino a San Pablo); desde
allí en línea recta hacia el Este por eje de calle
William Bliss hasta intersección con Diagonal Sur desde
allí por diagonal Sud hacia el Sur hasta la intersección
con las vías del Ferrocarril General Belgrano; desde
allí hacia el Este, siguiendo la trayectoria de las vías
hasta intersección con Canal de Desagüe Sur, altura
calle Manuel Casas. Luego por el Canal de Desagüe Sur
hasta su desembocadura en el Río Salí."
Art. 2°.- Modifícase la Ley N° 4671 y sus modificatorias
(Jurisdicciones Comunales), en la forma que a continuación
se indica:
-En el Artículo 1° en el título departamento Lules,
reemplazar en el inciso 3., Comuna Rural de San Felipe y
Santa Bárbara, el límite Norte por el siguiente:
"Norte: Desde el arroyo Manantial y el cruce con la Ruta
Provincial N° 301 (Ex Nacional N° 38) siguiendo por su
curso hasta su intersección con la prolongación de calle
William Bliss (antiguo camino a San Pablo); desde allí
en línea recta hacia el Este por eje de calle William
Bliss hasta intersección con Diagonal Sur; desde allí
por diagonal Sud hacia el Sur hasta la intersección con
las vías del Ferrocarril General Belgrano; desde allí
hacia el Este, siguiendo la trayectoria de las vías
hasta intersección con Canal de Desagüe Sur, altura
calle Manuel Casas. Luego por el Canal de Desagüe Sur
hasta su desembocadura en el Río Salí."
Art. 3°.- Derógase la Ley N° 8413.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de
julio del año dos mil catorce.