• Detalle de Ley

    Ley N°: 4671
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 11/01/1977
    Promulgada: 11/01/1977
    Publicada: 17/01/1977
    Boletin Of. N°: 18896

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
    
       Artículo 1º.- Fíjanse  las jurisdicciones comunales de la
    forma que   a continuación se indica y en  los Departamentos
    que en cada caso se específica:
    
                        Departamento Trancas
    
       1. Comuna Rural de San Pedro de Colalao.
       Norte: Con la provincia de Salta.
       Sur: Desde  las  cumbres de Santa Bárbara, al oeste, a la
    altura del  Mojón  de Caspichango, en línea  recta, hacia el
    este, hasta  las    cumbres  del  Cerro  Alto  Las  Queñuas,
    continuando por éstas  hasta la confluencia del río Basurdo,
    con el río Chuscha, siguiendo por las cumbres de los cerros,
    hasta la  propiedad de Camilo Isa, desde allí por el lindero
    sur   de la Estancia El  Molino, quedando ésta  dentro de la
    jurisdicción.
       Este: Por  el límite oeste de la jurisdicción de Trancas,
    desde la  provincia de Salta, al norte, hasta el lindero sur
    de la propiedad de la Estancia El Molino.
       Oeste: Con la provincia de Salta.
    
       2. Comuna Rural de Choromoro.
       Norte: Con el  límite  sur de la comuna  de San Pedro  de
    Colalao, desde    las cumbres Calchaquíes, a la altura de la
    Cuesta de  Gonzalo,  al oeste, hasta  el río Chuscha y desde
    allí, con  el límite sur del municipio de Trancas, hasta las
    cumbres de Medina, al este.
       Sur: Desde  las cumbres Calchaquíes, al oeste, por el río
    Pajonal, río de Las Cañas, río Vipos hasta la confluencia de
    éste con  el  río Salí, y desde allí en línea recta entre el
    "Alto de  las  Salinas"  propiedad  de la Compañía Azucarera
    Wenceslao Posse y Las juntas hasta los cerros de Medina (Las
    juntas queda fuera de la jurisdicción).
       Este: Por  los  cerros de Medina, que es el límite con el
    Departamento de Burruyacú.
       Oeste: Por  las cumbres Calchaquíes, que es el límite con
    Tafí del Valle.
    
       3. Comuna  Rural de Tapia
       Norte: Con  el río Vipos, desde la confluencia con el río
    Rana, al oeste, hasta su desembocadura en el río Salí.
       Sur: Con  las  cumbres de Cabra Horco, desde el río Rana,
    continuando desde  su nacimiento, por el río Planchones y el
    río Tapia, hasta su desembocadura en el río Salí.
       Este: Con el río Salí.
       Oeste: Con el río Rana.
    
                    Departamento Tafí del Valle
    
       1. Comuna  Rural de Colalao del Valle
       Norte: Por el límite con la provincia de Salta, desde las
    Sierras del Cajón hasta el río Santa María.
       Este: Por el río Santa María, desde el límite con la pro-
    vincia de  Salta hasta el límite con la provincia de Catama-
    rca.
       Sur: Por  el  límite con la provincia de Catamarca, desde
    el río Santa María hasta el cerro San Francisco (Fuerte Que-
    mado) en las Sierras del Cajón.
       Oeste: Desde  el  límite  con  la  provincia de Catamarca
    (cerro San  Francisco),  por las cumbres del cerro El Cajón,
    continuando por  las  cumbres del cerro Quilmes y, por éste,
    hasta el límite con la provincia de Salta.
    
       2. Comuna  Rural de Amaicha del Valle
       Norte: Por  el límite con la provincia de Salta, desde el
    río Santa María hasta la cuesta de Gonzalo (límite con Tran-
    cas).
       Este: Por las cumbres Calchaquíes, desde el límite con la
    provincia de Salta hasta la intersección del cerro El Negri-
    to con el cerro El Infiernillo.
       Sur: Por  el  Cerro El Infiernillo, desde el Cerro El Ne-
    grito hasta  el  nacimiento del arroyo de La Cañada y, aguas
    abajo por  este  cauce, hasta la confluencia de río Corrales
    y, desde  este  punto,  por la línea que lo une con el naci-
    miento del río de Los Colorados en el morro de Taruco y, por
    el morro  de Taruco, hasta el límite con la provincia de Ca-
    tamarca; luego  hacia el oeste por el límite interprovincial
    con Catamarca hasta el lecho del río Santa María.
       Oeste: Por  el  río  Santa  María, desde el límite con la
    provincia de  Catamarca  hasta el límite con la provincia de
    Salta.
    
       3. Comuna  Rural de El Mollar
       Norte: Por  el  río Muñoz desde su nacimiento en las cum-
    bres del  Aconquija  hacia el este hasta su intersección con
    la ruta  provincial Nº 325 y, por la traza de la ruta, hacia
    el norte hasta el encuentro con el zanjón de La Banda y, por
    el zanjón  hacia el este hasta la cota inferior del cerro El
    Pelao y, por esta, hacia el Sur hasta la intersección con la
    proyección de  la línea de sauces y pirca y, por esta direc-
    ción, hacia el este, hasta interceptar la ruta provincial Nº
    307 en  el kilómetro 55,25 y, desde allí, por la traza de la
    Ruta Provincial  Nº  307 hacia el Norte hasta interceptar el
    río Queñua Grande en el kilómetro 57,5 y, por éste, hacia el
    este hasta las cumbres del Cerro Tafí.
       Sur-Este: Por  las  cumbres  del cerro Matadero, desde el
    naciente del  río Queñua Grande, continuando por las cumbres
    del cerro Ñuñorco Grande y Ñuñorco Chico, hasta su encuentro
    con el  río  de la Quebrada del Portugués y, por éste, aguas
    abajo hasta su confluencia con el río Nevado.
       Sur-Oeste: Por el río Nevado, desde su confluencia con el
    río de  la Quebrada del Portugués hasta el cerro de las Áni-
    mas, límite con la provincia de Catamarca.
       Oeste: Por  el  cerro  de Las Ánimas, desde el nacimiento
    del río Nevado hasta el nacimiento del río Molle (límite con
    la provincia de Catamarca).
    
                       Departamento Burruyacú
    
       1. Comuna  Rural de El Puestito
       Norte: provincia  de  Salta  (hasta ruta Nº 304 al este y
    hasta la cumbre del cerro El Campo al oeste).
       Sur: comuna  de  Villa  Benjamín Aráoz y municipalidad de
    Burruyacú.
       Este: ruta  Nº  304 desde río Urueña hacia el sur y hasta
    la municipalidad de Burruyacú.
       Oeste: cumbre cerro El Campo.
    
       2. Comuna  Rural de Gobernador Garmendia
       Norte: comuna 7 de Abril.
       Sur: comuna de Piedrabuena.
       Este: provincia de Santiago del Estero.
       Oeste: ruta  Nº304, desde la propiedad de María Lucena de
    Uncos hasta los límites con la comuna de Villa Benjamín Ará-
    oz.
    
       3. Comuna  Rural de El Naranjo y El Sunchal
       Norte: desde  las  cumbres de Medina, por la línea que es
    lindera de  la propiedad de Gregorio García, que queda fuera
    de la  jurisdicción, y continuando por el río Medinas, hasta
    el puente  sobre la ruta provincial Nº305, a la altura de El
    Mojón, y  desde  allí hacia el este en línea recta, hasta la
    sierra de La Ramada (esta línea es divisoria de la propiedad
    de Gregorio  García, catastrada como C-182, al Norte y C-183
    al Sur, quedando esta última dentro de la jurisdicción).
       Sur: con el camino denominado El Ojo a Alta Gracia, desde
    el río  Calera,  al oeste, hasta la propiedad de Adolfo Gar-
    cía, al  este, quedando  la propiedad dentro de la jurisdic-
    ción.
       Este: con  la Sierra de La Ramada, desde la línea diviso-
    ria de la propiedad de G García, hasta la propiedad de Adol-
    fo García.
       Oeste: por las cumbres de Medina, río Loro, línea diviso-
    ria de  las propiedades de Vaira Hermanos y Eleodoro Flores,
    este último  fuera  de  la jurisdicción, arroyo Tranquitas y
    Río Calera, hasta el camino de El Ojo a Alta Gracia.
    
       4. Comuna  Rural Villa Padre Monti
       Norte: con la provincia de Salta.
       Sur: desde  las cumbres de Medina, al oeste, por la línea
    que es lindera de la propiedad de Gregorio García, que queda
    dentro de la jurisdicción continuando por el río Medina has-
    ta el  puente sobre la ruta provincial Nº305, a la altura de
    El Mojón,  y  desde allí hacia el este, en línea recta hasta
    la sierra de La Ramada (cerro del Potrerillo). Esta línea es
    divisoria de la propiedad de Gregorio García, catastrada co-
    mo C-182 y C-183, quedando la primera dentro de la jurisdic-
    ción.
       Este: por los cerros de El Campo, desde el río Urueña, al
    norte, hasta  el  río  Tajamar  y desde allí por el mismo se
    continúa por la línea que es divisoria de las propiedades de
    herederos de César Fioretti y la comunidad de Hardoy y Apes-
    tey, tomando  luego las cumbres de las sierras de La Ramada,
    para finalizar  en el cerro del Potrerillo, al sur, a la al-
    tura de El Mojón.
       Oeste: con  los  cerros de Medina, desde el límite con la
    provincia de Salta al norte, hasta el lindero sur de la pro-
    piedad de Gregorio García, al sur.
    
       5. Comuna  Rural de El Chañar
       Norte: por el camino de El Ojo a Valdéz pasando por Maco-
    mitas, Alto del Jardín y Pozo Hondo, que quedan dentro de la
    jurisdicción y  desde el río Calera, al oeste, hasta la pro-
    piedad de Francisco González, al este.
       Sur: por  el camino vecinal que es lindero sur de la pro-
    piedad de  Rosario A. de Frías y va a Boca del Tigre y desde
    allí hacia el este por el camino que va a Finca Luisiana, A-
    labama, continuando  hacia el norte por los linderos este de
    las propiedades de Miguel Critto y B de Critto, Benjamina L.
    de Critto,  Esteban  Gruvich, siguiendo hacia el este por el
    camino que es lindero Sur de Ana G. de Remonda de Viejo Bue-
    no hasta  el lindero este de dicha propiedad y que pertenece
    a esta jurisdicción.
       Este: por  el camino vecinal que pasa por la propiedad de
    Francisco González,  y  va de norte a sur hasta la propiedad
    de José López que queda fuera de la jurisdicción.
       Oeste: por el río Calera.
    
       6. Comuna  Rural de La Ramada y La Cruz
       Norte: desde la sierra de La Ramada, al oeste, por la lí-
    nea que  es  divisoria  de las propiedades de Antonio López,
    Mercedes Orquera,  Vicente  Posse  con Zaira Terán de Robles
    Mendilaharzu, T.A.  de Zelaya y E. Avellaneda; estas últimas
    pertenecen a la jurisdicción.
       Sur: desde la sierra de La Ramada, al oeste, por el cami-
    no de El Ojo a Valdéz hasta la propiedad de Francisco Gonzá-
    lez que  queda  fuera de la jurisdicción, y desde allí hacia
    el sur  para  coincidir  con el límite de la comuna rural de
    Los Pérez,  quedando Monte Redondo, propiedad de Manuel Cos-
    sio, dentro de la jurisdicción.
       Este: de  norte  a sur, por la línea recta que es lindero
    oeste de  las  propiedades  de José Cortéz, Manuel Giménez y
    empalma con  el camino vecinal que siguiendo la misma direc-
    ción, llega  hasta  el límite con la comuna rural de Los Pé-
    rez, quedando  Monte  Redondo dentro de la jurisdicción. Las
    propiedades de Cortéz y Giménez no pertenecen a la jurisdic-
    ción.
       Oeste: por  las  Sierras de La Ramada, desde la propiedad
    de Antonio  López, al norte, hasta el lugar denominado Maco-
    mitas, al Sur, quedando ésta dentro de la jurisdicción.
    
       7. Comuna  Rural de Piedrabuena
       Norte: por el camino, que partiendo desde el lindero nor-
    te de  la  propiedad  de M. Giménez al Oeste, pasa por Santa
    Rosa, Tala  Pozo,  Finca  Cristina y luego toma los linderos
    sur de  las propiedades de Carlos Cossio, Bonaria B. de Gue-
    rineau y  que, cruzando la ruta nacional Nº 34, llega al lí-
    mite provincial con Santiago del Estero.
       Sur: Con parte del límite norte de la comuna rural de Los
    Pérez, límite  norte de la comuna rural de Las Cejas y hasta
    el límite con la provincia de Santiago del Estero.
       Este: por  el límite con la provincia de Santiago del Es-
    tero.
       Oeste: con el camino vecinal, que partiendo de la propie-
    dad de  M.  Giménez,  al  norte, sigue la dirección sur y es
    lindero este de las propiedades de Pedro Cossio y Manuel Co-
    ssio, y llega hasta el límite con la comuna rural de Los Pé-
    rez, quedando  Puesto Virginia y Tuscal Redondo dentro de la
    jurisdicción.
    
       8. Comuna  Rural 7 de Abril
       Norte: con la provincia de Salta (desde ruta Nº 304 al o-
    este hasta la provincia de Santiago del Estero al este).
       Sur: propiedad  de  Miguel  de  la  Rosa  (ruta  Nº  304)
    siguiendo hacia  el  este por los límites de las propiedades
    de Segundo Agüero, Lorenzo Díaz, Adolfo Ponce doblando hacia
    el norte  siguiendo los límites de la misma propiedad, luego
    hacia  el  este  por  la  propiedad  de Laurencio Lobo hasta
    empalmar  con los límites de la comuna de Gobernador Garmen-
    dia (anterior límite del municipio).
       Este: provincia de Santiago del Estero.
       Oeste: ruta  Nº304 desde río Urueña hacia el sur hasta la
    propiedad de María Lucena de Uncos.
    
       9. Comuna Rural de Benjamín Aráoz y El Tajamar.
       Norte: desde la cumbre Cerro El Campo(al oeste) siguiendo
    los límites  de la propiedad de Zavalía hasta los nuevos lí-
    mites de la municipalidad.
       Sur: comuna de La Ramada y La Cruz y comuna de Piedrabue-
    na.
       Este: comuna de Piedrabuena y Gobernador Garmendia.
       Oeste: comuna de Padre Monti.
    
       10. Comuna Rural de El Timbó.
       Norte: desde las cumbres de Medina, por el río Loro aguas
    arriba, hasta  la  línea que sirve de lindero entre las pro-
    piedades de  Vaira Hermanos y Eleodoro Flores, quedando esta
    última en  la  jurisdicción, continuando luego por el arroyo
    Tranquitas y concluyendo en la confluencia de éste en el río
    Calera.
       Sur-Este: por  el río Calera, desde el arroyo Tranquitas,
    hasta el río Salí.
       Oeste: por  el  río Salí, desde el río Loro, hasta el río
    Calera.
    
                      Departamento Tafí Viejo
    
       1. Comuna  Rural Los  Nogales
       Norte: con  el  arroyo El Cadillal desde la línea del Fe-
    rrocarril General  Manuel  Belgrano (FCGMB), al oeste; hasta
    el río Salí, al este.
       Sur: desde la línea del FCGMB, por el camino que pasa por
    las propiedades de Pedro Zarzosa a Juan Lazarte y desde allí
    por la  ruta provincial Nº 315, cruzando la ruta nacional Nº
    9, hasta  la  propiedad  de Segundo Pascual y por el lindero
    este de  la misma, hasta la propiedad de J. Pace y su desvío
    hacia el norte hasta el camino vecinal que circunda el lugar
    denominado "La Colonia", permaneciendo ésta dentro de la ju-
    risdicción, y  como  lindero  con las propiedades de Antonia
    Dimarco de  Calabró,  Juan Carlos Díaz, Eduardo Gómez Omil y
    María de Merino, entre otros (a las que se excluye de la ju-
    risdicción), hasta  la ruta provincial Nº 305 y por ésta ha-
    cia el sur con el río Salí por el callejón al río.
       Este: por el río Salí desde el arroyo El Cadillal al nor-
    te, hacia El Callejón al Río, al sur.
       Oeste: con la línea del FCGMB.
    
       2. Comuna  Rural de Raco
       Norte: con la prolongación al sur del río Las Cañas, con-
    tinuando por las cumbres de Los Planchones y el río Vipos, y
    por éste, hasta las cumbres de San Javier.
       Sur: con  el río Las Juntas, desde el río La Manga al es-
    te, continuando  por el lindero oeste de la propiedad de he-
    rederos de Tiburcio Padilla, arroyo Las Zanjas y el tramo de
    la ruta  provincial Nº 340, que corta la dirección del alam-
    brado de  la ciudad universitaria de la Universidad Nacional
    de Tucumán (UNT), a la altura de las cumbres de San Javier.
       Este: Por las cumbres de San Javier, desde el río Las Ti-
    pas al  norte, hasta el alambrado de la ciudad universitaria
    de la UNT.
       Oeste: Con  el  río La Manga, cumbres de Cabra Horco y la
    prolongación sud  del río Las Cañas, desde el río La Ciénaga
    al sur, hasta las cumbres de Los Planchones, al norte.
    
       3. Comuna  Rural La  Esperanza
       Norte: Con el río Tapia, desde el cerro San Javier, hasta
    el cruce con el FCGMB.
       Sur: de  oeste  a este, con la línea que sirve de lindero
    sur de  las  propiedades de: Sociedad Faustino Ripamonti, A-
    lonzo Zamora,  Pedro Rueda, Páez Belmonte, José García, Juan
    Díaz, Felipe González, Vicente Castellano, G. S. Martínez.
    Desde la  cumbre  del  cerro  San  Javier hasta las vías del
    F.C.G.M.B. (las propiedades pertenecen a la jurisdicción).
       Este: las  vías del FCGMB., desde el cruce del río Tapia,
    al norte,  hasta el lindero sur de la propiedad de S. Martí-
    nez, al sur.
       Oeste: las cumbres del cerro San Javier.
    
       4. Comuna  Rural de El Cadillal
       Norte: desde  la unión de los ríos Vipos y Salí al oeste,
    por la línea que es divisoria de la propiedad de la Compañía
    Azucarera Wenceslao  Posse;  hasta los cerros de Medinas, al
    norte.
       Sur: con  las  cumbres  de  los cerros de Medinas, que se
    continúa de  norte  a  sur por la franja de quinientos (500)
    metros de  ancho  al este de las márgenes del río Loro y río
    Salí, hasta el arroyo El Cadillal.
       Oeste: con  la  línea  del FCGMB desde el puente sobre el
    río Tapia  al  norte, hasta el cruce del arroyo El Cadillal,
    al sur.
    
       5. Comuna  Rural Anca Juli
       Norte: con  el límite sur del Departamento Trancas, desde
    el cerro El Picaso, al oeste, hasta las cumbres de Los Plan-
    chones, al este.
       Sur: con  el  río La Ciénaga, desde el cerro El Remate al
    oeste, hasta el río La Manga, al este.
       Este: con las cumbres de Cabra Horco y la prolongación al
    sur del  río  Las Cañas, desde las cumbres de Los Planchones
    al norte, hasta el río La Ciénaga, al sur.
       Oeste: con las cumbres Calchaquíes, desde el Cerro El Pi-
    caso al norte, y el cerro El Remate al sur.
    
                       Departamento Cruz Alta
    
       1. Comuna Rural  de La Florida y Luisiana
       Norte: por la proyección del camino vecinal interdeparta-
    mental Boca del Tigre - La Marta, con orientación  este - o-
    este, desde  el camino a Boca del Tigre hacia el este, hasta
    la intersección con al ruta Nº 321 al oeste.
       Este: por  la  ruta  Nº 321 hacia el sur, desde el límite
    interdepartamental que separa los departamentos de Cruz Alta
    y Burruyacú, hasta su intersección con el camino que es lin-
    dero sur del barrio La Milagrosa.
       Sur: por  la proyección del camino que es lindero sur del
    barrio La  Milagrosa  (coincidente con la dirección de calle
    San Martín de Alderetes), desde la ruta Nº 321 hacia el oes-
    te hasta  el  camino a Boca del Tigre (lindero oeste del ce-
    menterio de El Cochuchal).
       Oeste: por  el  camino  a  Boca del Tigre hacia el norte,
    desde la proyección de calle San Martín de Alderetes (que es
    lindero sur  del  cementerio de El Cochuchal) hasta el cruce
    con el  camino que es el límite interdepartamental y que se-
    para los departamentos de Cruz Alta y Burruyacú.
    
       2. Comuna  Rural  de Los Pérez
       Norte: por  el  camino vecinal a La Marta, que es lindero
    norte de la escuela Nº 246, hacia el este, desde ruta Nº 321
    hasta el  camino  interdepartamental  La  Marta - Pozo Hondo
    (con orientación  norte-sur),  luego por éste hacia el norte
    hasta el  camino  interdepartamental  Los Pérez - Pozo Hondo
    (con orientación  este- oeste), luego hacia el este hasta la
    ruta Nº  327, y por ésta hacia el sur hasta el camino de Los
    Pérez (con  orientación  este  - oeste), y por su proyección
    hacia el  este  hasta interceptar el canal pluvial de San A-
    gustín -  Coromama (con orientación este - oeste), y por és-
    te hasta el camino de San Agustín Este.
       Este: por  el  camino de San Agustín Este, desde el canal
    pluvial San  Agustín  - Coromama hacia el sur, hasta ruta Nº
    303.
       Sur: por  ruta Nº 303, desde el camino de San Agustín Es-
    te, hacia  el oeste hasta la ruta Nº 327, luego por ésta ha-
    cia el norte, hasta su intersección con la proyección al es-
    te del  camino que es lindero sur del barrio La Milagrosa, y
    por esta proyección hasta la ruta Nº 321.
       Oeste: por la ruta Nº 321 hacia el norte, desde el camino
    que es  lindero  sur del barrio La Milagrosa hasta el camino
    vecinal a  La  Marta,  que es lindero norte de la Escuela Nº
    246.
    
       3. Comuna  Rural de Las Cejas
       Norte: por  el canal pluvial de Coromama en sentido oeste
    - este,  desde  el camino a San Agustín Este hasta el límite
    interprovincial con Santiago del Estero.
       Este: por  el límite con la provincia de Santiago del Es-
    tero. Desde  el  canal  pluvial de Coromama al norte, por la
    línea imaginaria con dirección aproximada norte-sur, que pa-
    sa por  la  ruta Nº 303 a 8,542 kilómetros al sudeste (sobre
    su traza)  desde  el  cruce con la ruta Nº 345 (en el sector
    urbano de  Las Cejas); siguiendo desde allí 4,787 kilómetros
    hacia el Oeste, y luego 6,107 kilómetros hacia el sur, hasta
    interceptar la proyección del camino al Sinquial. En coinci-
    dencia con  el  límite este de la Circunscripción I, Sección
    L, Lámina  159 de la nomenclatura catastral del Departamento
    Cruz Alta.
       Sur: por  el  camino vecinal del Sinquial hacia el oeste,
    desde el  límite con Santiago del Estero hasta el camino ve-
    cinal a  Blanco Pozo (con orientación norte-sur), y por éste
    4,275 kilómetros hacia el norte hasta el cruce con el camino
    vecinal de Pereyra Norte (con orientación este-oeste), y por
    éste hacia el oeste hasta la ruta Nº 327.
       Oeste: por  la ruta Nº 327 hacia el norte, desde su cruce
    con el  camino  a Pereyra Norte, hasta la Ruta Nº 303, y por
    ésta hacia  el Este hasta el cruce con el camino a San Agus-
    tín Este, luego por éste hacia el Norte, hasta el canal plu-
    vial de Coromama, que es el límite interdepartamental de los
    departamentos de Cruz Alta y Burruyacú.
    
       4. Comuna  Rural de Los Pereyra
       Norte: Por  el  camino  de Pereyra Norte, desde el camino
    vecinal Estación Aráoz - Pereyra Norte (con orientación Nor-
    te-Sur, ubicado  a  3,5  kilómetros  al  Oeste de la Ruta Nº
    327), hasta  el  camino  a Blanco Pozo (con orientación Nor-
    te-Sur ubicado  a  5,500 kilómetros hacia el Este de la Ruta
    Nº 327),  y  por el camino a Blanco Pozo hacia el Sur, reco-
    rriendo 4,275  kilómetros  hasta  el cruce con el camino del
    Sinquial (con  orientación  Este-Oeste), y por este último y
    por su proyección hacia el Este hasta el límite interprovin-
    cial con Santiago del Estero (se consideran 3,870 kilómetros
    sobre el  camino  al Sinquial con dirección Este-Oeste desde
    el camino a Blanco Pozo hasta su cambio de dirección y luego
    4,920 kilómetros  por su proyección manteniendo la dirección
    este-oeste).
       Este: por  el límite con la provincia de Santiago del Es-
    tero, que  coincide con el límite este de la Circunscripción
    I, Sección G, Lámina 66 de la nomenclatura catastral del De-
    partamento Cruz Alta.
       Sur: desde el límite interprovincial con Santiago del Es-
    tero por  el  límite sur de la siguiente nomenclatura catas-
    tral: Circunscripción  II,  Sección G, Cruz Alta; y por ésta
    hacia el Este hasta su intersección con la Ruta Nº 302 y por
    ésta 0,400  kilómetros  hacia  el Noroeste hasta el canal de
    riego.
       Oeste: Por  el  camino  vecinal  Estación Aráoz - Pereyra
    Norte (paralelo al canal de riego), desde el cruce de la Ru-
    ta Nº  302  y el canal de riego al Sur, hasta el empalme con
    el camino vecinal de Pereyra Norte al Norte.
    
       5. Comuna Rural Ranchillos y San Miguel
       Norte: Por las vías del FCGBM, desde el cruce con las ví-
    as del FCGMB hasta el camino que es lindero este de Estación
    San Miguel  (ubicado  a  1,200 kilómetros de la Ruta Nº 348,
    hacia el  Sudeste,  por  la Ruta Nº 302) y por éste hacia el
    Norte hasta  empalmar  el camino a los Pereyra (con orienta-
    ción Este-Oeste)  y  por éste, hacia el Este, hasta el canal
    de riego (zona Bello Horizonte).
       Este: Por  el  canal  de  riego que corre de Norte a Sur,
    desde el camino de Los Pereyra hasta la Ruta Nº 302.
       Sur: Por  el  camino  interdepartamental  hacia el Oeste,
    desde el  canal  de riego (pasando por la Ruta Nº 302) hasta
    la Ruta  Nº  320  y por ésta hacia el Norte hasta la Ruta Nº
    302, y luego por ésta hasta el camino a El Puesto con orien-
    tación Este-Oeste, y por éste hacia el Oeste hasta el Arroyo
    Muerto.
       Oeste: Por  el Arroyo Muerto, desde el camino a El Puesto
    hasta el  cruce  con la traza del ramal a Leales del FCGMB y
    por ésta hasta el cruce con vías del FCGBM.
    
       6. Comuna  Rural de El Naranjito
       Norte: Por  el camino a El Puesto hacia el Este, desde el
    Arroyo Muerto  hasta la Ruta Nº 302, luego por ésta hasta la
    Ruta Nº 320.
       Este: Por  la  Ruta Provincial Nº 320 hacia el Sur, desde
    su cruce  con  la Ruta Provincial Nº 302 hasta el camino in-
    terdepartamental que separa los departamentos de Cruz Alta y
    Leales.
       Sur: Por  el camino interdepartamental que separa los de-
    partamentos de Cruz Alta y Leales, desde la Ruta Nº 320 has-
    ta la calle Larga, luego por ésta hacia el Sur hasta la pro-
    yección al  Este de la Ruta Nº 348, y luego por ésta en sen-
    tido Este - Oeste (en coincidencia con el límite interdepar-
    tamental); hasta  el  cambio  de dirección de la Ruta Nº 348
    hacia el Norte, y desde allí al Oeste por el camino interde-
    partamental con  orientación Este - Oeste hasta el cruce con
    el Arroyo Muerto.
       Oeste: Por  el Arroyo Muerto, desde el camino interdepar-
    tamental que separa los departamentos de Cruz Alta y Leales,
    hasta el camino a El Puesto.
    
       7. Comuna  Rural de El Bracho y El Cevilar
       Nor-Oeste: Por  la traza del ramal a Leales del FCGMB ha-
    cia el  norte, desde el camino interdepartamental que separa
    los departamentos  de  Leales  y  Cruz Alta, hasta el Arroyo
    Muerto.
       Este: Por  el  Arroyo Muerto hacia el Sur, desde la traza
    del ramal  a Leales del FCGMB, hasta el camino interdeparta-
    mental que separa los departamentos de Leales y Cruz Alta.
       Sur: Por  el camino interdepartamental que separa los de-
    partamentos de  Leales  y Cruz Alta hacia el Oeste, desde el
    Arroyo Muerto, pasando en este tramo por la Ruta Nacional Nº
    9 entre  los  mojones de los Kilómetros 1.269 y 1.270, hasta
    la traza del ramal a Leales del FCGMB.
    
       8. Comuna  Rural    de    Los   Bulacio  y  Los  Villagra
       Norte: Por  la  proyección del camino a Finca Elisa hasta
    la Ruta  Nº  306  y desde allí, por el camino de Finca Elisa
    hacia el  Este, desde el eje del Río Salí hasta la traza del
    ramal a Leales del FCGMB.
       Este: Por  la traza del ramal a Leales del FCGMB hacia el
    Sur, desde su cruce con el camino a Finca Elisa hasta el ca-
    mino interdepartamental que separa los departamentos de Cruz
    Alta y Leales.
       Sur: Por  el camino interdepartamental que separa los de-
    partamentos de  Cruz Alta y Leales, desde la traza del ramal
    a Leales del FCGMB hasta el Río Salí.
       Oeste: Por  el Río Salí, desde el camino interdepartamen-
    tal que separa los departamentos de Cruz Alta y Leales, has-
    ta la proyección del camino a Finca Elisa.
    
       9. Comuna  Rural de San Andrés
       Norte: Por  la calle Lola Mora (Villa Belgrano), desde el
    Río Salí hasta la Ruta Nacional Nº9, luego por ésta hacia el
    Sur hasta  su cruce con las vías del FCGMB (zona de Estación
    Pacará) y por ésta hacia el Este hasta su cruce con la traza
    del ramal a Leales del FCGMB.
       Este: Por  la traza del ramal a Leales del FCGMB hacia el
    Sur, desde el cruce con las vías del FCGMB (zona de Estación
    Pacará) hasta el camino a Finca Elisa.
       Sur: Por  el camino a Finca Elisa, desde la traza del ra-
    mal a Leales del FCGMB hasta el Río Salí.
       Oeste: Por  el Río Salí, desde la proyección del camino a
    Finca Elisa  al  Sur, hasta la proyección de calle Lola Mora
    al Norte.
    
       10. Comuna  Rural de Delfín Gallo
       Norte: Por  autopista  al aeropuerto hacia el Este, desde
    el cruce  del  camino a Boca del Tigre y Autopista al Oeste,
    hasta el  cementerio El Cochuchal, y luego por proyección de
    calle San Martín de Alderetes (coincidente con el camino que
    es lindero Sur del Barrio La Milagrosa) hacia el Este, hasta
    su intersección con Ruta Nº 321.
       Este: Por  Ruta  Nº 321 hacia el Sur, desde la proyección
    de calle  San Martín de Alderetes (coincidente con el camino
    que es  lindero  Sur del Barrio La Milagrosa) hasta el cruce
    con Ruta Nº 303.
       Sur: Por  Ruta  Nº  303 hacia el Oeste, desde Ruta Nº 321
    hasta las vías del FCGBM.
       Oeste: Por  las  vías  del FCGBM hacia el Norte, desde la
    Ruta Nº  303 hasta su cruce con Avenida Alejandro Heredia, y
    luego por  el  camino a Boca del Tigre hasta la autopista al
    aeropuerto.
    
       11. Comuna  Rural de Los Ralos
       Norte: Por el camino que es lindero Sur del Barrio La Mi-
    lagrosa (al Norte del canal) desde Ruta Nº 321 al Oeste has-
    ta la Ruta Nº 327 al Este.
       Este: Por  la  Ruta Nº 327 desde la proyección del camino
    que es  lindero  Sur del Barrio La Milagrosa hasta el camino
    de Pereyra Norte, luego por éste hacia el Oeste hasta el ca-
    mino Estación Aráoz - Pereyra Norte, y por éste hacia el Sur
    hasta el canal de riego.
       Sur: Por  el  canal de riego hacia el Oeste y luego hacia
    el Norte,  desde  el  camino Estación Aráoz-Pereyra Norte al
    Este hasta el camino a Los Pereyra, y por éste hacia el Oes-
    te hasta la Ruta Nº 321.
       Oeste: Por la Ruta Nº 321 hacia el Norte, desde el camino
    a Los  Pereyra hasta el camino que es lindero Sur del Barrio
    La Milagrosa,  quedando  la Villa Rescate en la jurisdicción
    de la Comuna de Los Ralos.
    
       12. Comuna  Rural de Colombres
       Norte: Por  Ruta Nº 303 hacia el Este, desde las vías del
    FCGBM hasta Ruta Nº 321.
       Este: Por  Ruta  Nº  321  hacia el Sur, desde Ruta Nº 303
    hasta el  camino a Los Pereyra, quedando la Villa Rescate en
    la jurisdicción de la Comuna de Los Ralos.
       Sur: Por  la  proyección  hacia el Oeste del camino a Los
    Pereyra, desde  Ruta  Nº  321 hasta el camino vecinal que es
    lindero Este  de Estación San Miguel y por éste hacia el Sur
    hasta las  vías  del  FCGBM  (a la altura de la Ruta Nº 302,
    1.200 metros  al  Sureste de su empalme con la Ruta Nº 348),
    luego por  las vías del FCGBM hacia el Noroeste con las vías
    del FCGMB
       Oeste: Por  las  vías del FCGBM hacia el Norte, desde las
    vías del FCGMB hasta Ruta Nº 303.
    
                         Departamento Lules
    
       1. Comuna  Rural de San Pablo y  Villa  Nougués
       Norte: De  Oeste a Este, desde la confluencia del Río Re-
    mate, con  el  Río  La Ciénaga, continuando por ésta y luego
    por el  Río de Las Juntas, tomando luego el lindero Norte de
    la Finca  Los  Chamicos,  de Nougués Hermanos, hasta la Ruta
    Provincial Nº  338,  continuando  en la misma dirección y en
    línea recta,  hasta el Arroyo El Manantial, quedando Obanta,
    Mundo Nuevo y Villa Nougués, dentro de la jurisdicción.
       Sur: Desde las Altas Cumbres de Tafí (a la altura del ca-
    mino de Herradura a Tafí del Valle), por las Cumbres Calcha-
    quíes, pasando por el Abra de Tafí y la Peña Negra, hasta el
    nacimiento del Río Colorado, continuando por el camino a Las
    Malvinas, y  su  desvío a la altura de la Escuela Provincial
    "Deán Salcedo",  de  Norte  a Sur, hacia el Río Lules, y por
    éste, hasta su confluencia con el Arroyo El Manantial.
       Este: Por el Arroyo El Manantial.
       Oeste: Por las Altas Cumbres de Tafí (camino de Herradura
    a Tafí del Valle).
    
       2. Comuna  Rural de El Manantial
       Norte: Desde la Ruta Provincial Nº 338 y la proyección de
    calle La  Rioja  (prolongación de calle Las Lanzas) hasta su
    encuentro con  el  canal Sur de Yerba Buena y por éste, cua-
    trocientos cincuenta  (450) metros hasta el cruce con un ca-
    mino vecinal;  por  el eje de este camino hacia el Sur seis-
    cientos setenta  y cinco (675) metros y luego novecientos o-
    chenta (980) metros hacia el Este hasta el cruce con la Ruta
    Provincial Nº  339 (Avenida Solano Vera) y, por el eje de la
    misma, hacia el Norte hasta interceptar nuevamente el camino
    de sirga Sur del Canal Sur de Yerba Buena y, por éste, hasta
    su intersección  con  el camino de Las Lanzas, siguiendo por
    este camino  hacia  el Este hasta su encuentro con el Arroyo
    El Manantial.
       Sur: Con  el límite Norte de la jurisdicción de la Comuna
    Rural de  San  Pablo, a partir de la Ruta Provincial Nº 338,
    al Oeste, hasta el Arroyo El Manantial al Este.
       Este: Con Arroyo El Manantial.
       Oeste: Con Ruta Provincial Nº 338.
    
       3. Comuna  Rural de San Felipe y Santa Bárbara
       Norte: Desde  el Arroyo El Manantial y la prolongación de
    la Avenida Democracia, siguiendo luego el curso del Canal de
    Desagüe Sur, hasta su desembocadura en el Río Salí.
       Sur: El  triángulo formado por la confluencia de los Ríos
    Salí y Lules.
       Este: Con  el  Río  Salí desde la desembocadura del Canal
    Sur y la desembocadura del Río Lules.
       Oeste: Con el Arroyo El Manantial y el Río Lules.
    
                       Departamento Monteros
    
       1. Comuna  Rural de Río Seco
       Norte: Desde  el  Arroyo  Las Acheritas por la acequia de
    Medina continuando  en esa dirección y cruzando las vías del
    FCGMB, hasta  la  ruta Nacional Nº 38, de allí por el camino
    vecinal que va a la propiedad de Alberto Buffo, quedando és-
    ta dentro de la jurisdicción.
       Sur: Con  el Río Seco desde el Arroyo Las Acheritas hasta
    el lindero Este de la propiedad de Alberto Buffo.
       Este: Con el lindero Oeste de la propiedad de Alberto Bu-
    ffo.
       Oeste: Con  el  Arroyo  Las Acheritas desde la Acequia de
    Medina al Norte, hasta el Río Seco al Sur.
    
       2. Comuna  Rural de Villa Quinteros
       Norte: Desde el límite con la Provincia de Catamarca, por
    el Río  Nevado, Río de la Quebrada del Portugués, Río Pueblo
    Viejo hasta  la altura de la Colonia de Santa Marina, conti-
    nuando luego por el camino vecinal que es lindero Sur de las
    propiedades de  J.  I.  Aráoz, A. Acosta, Vigos, Rodríguez y
    Molina, cruzando  la  vía del FCGMB., sigue la dirección del
    camino, hasta  la  Ruta Nacional Nº 38, continuando por ésta
    al Sur  hacia  la  intersección con el camino vecinal que es
    lindero Sur  de  las  propiedades Unitas Compañía Financiera
    Argentina S.A. (camino a Huasa Pampa), y hasta el camino que
    separa la propiedad "Buffo de Hael". Las propiedades mencio-
    nadas quedan fuera de la jurisdicción comunal.
       Sur: Con el límite Norte de la Comuna Rural de Río Seco.
       Este: Con  el  camino  vecinal que separa la propiedad de
    Buffo de  Hael, con las propiedades de Gerónima A. de Medina
    y J. Duarte, estas últimas pertenecen a la jurisdicción.
       Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
    
       3. Comuna  Rural Los Sosa
       Nor-Este: Con el lindero Norte de la propiedad de Eduardo
    Alvarez y  el  Río de la Quebrada, desde su nacimiento hasta
    la confluencia con el Río Mandolo.
       Sur: Con  el  Río Mandolo desde el puente de la Ruta Pro-
    vincial Nº 324, hasta el Río de la Quebrada.
       Oeste: Con el límite Este de la Comuna Rural Soldado Mal-
    donado.
    
       4. Comuna  Rural de Santa Lucía
       Norte: Desde el nacimiento del Río de La Quebrada, por el
    límite del Departamento de Famaillá, continuando por el lin-
    dero Sur  de la Compañía San Pablo hasta el Río Caspinchango
    al Este.
       Este: Por el Río Caspinchango y el límite Oeste de la Co-
    muna Rural de Acheral (a la altura de la Escuela Nacional Nº
    101).
       Sur-Oeste: Desde  el  Río  de  La Quebrada y siguiendo el
    curso de  éste  y  luego por el Río Chuscha, hasta el camino
    vecinal que  cruza la Ruta Provincial Nº 307 a la altura del
    kilómetro 3.200,  que  va desde el Río Chuscha al Sur, hasta
    el Río Caspinchango al Norte, pasando por el lugar denomina-
    do "La  Ciénaga" y Alto Verde, que quedan en la Comuna Rural
    de Acheral.
    
       5. Comuna  Rural de El Cercado
       Norte: Con el Río Mandolo desde su unión con el Río de la
    Ventana hasta  la  propiedad  de María B. de Ferro, quedando
    ésta fuera de la jurisdicción.
       Sur: Con  el  Río  del  Pueblo  Viejo,  desde  el lindero
    Nor-Este de  la  propiedad de E. Palavicini y Compañía hasta
    el camino  vecinal  que es lindero de la propiedad de Cármen
    Avila, quedando ésta fuera de la jurisdicción.
       Este: Desde  el Río Mandolo, con el camino vecinal que es
    lindero de  las  propiedades  de María Luisa Buffo de Ferro,
    Juan A.  Garrido, P. Briseño, Francisco Garrido, A. Albarra-
    cín hasta el Puente Negro y hacia el Sur siguiendo el camino
    vecinal que  es lindero de las propiedades de Roberto Conti,
    Sebastián García,  Bautista  Palomo y Carmen Avila, hasta el
    Río del Pueblo Viejo, que quedan fuera de la jurisdicción.
       Oeste: Con  el límite Este de la Comuna Rural Capitán Cá-
    ceres.
    
       6. Comuna  Rural de Acheral
       Nor-Este: Por  el Río Aranilla, desde la represa sobre el
    Río Caspinchango  a la altura de la Escuela Nacional Nº 101,
    hasta la confluencia con el Río Balderrama.
       Sur: Por  el  Río  Chuscha,  Río Romano y Río Balderrama,
    desde el camino vecinal que pasa por el lugar denominado "La
    Ciénaga", hasta la confluencia con el Río Aranilla.
       Oeste: Por el camino vecinal que cruza la Ruta Provincial
    Nº 307 a la altura del Kilómetro 3,200 y que va desde el Río
    Chuscha, al  Sur, al Río Caspinchango, al Norte, pasando por
    el lugar  denominado "La Ciénaga" y Alto Verde, quedando és-
    tas en la jurisdicción.
    
       7. Comuna  Rural de Amberes
       Norte: Por el camino a Huasa Pampa.
       Sur: Por el Río Seco.
       Este: Por  el camino vecinal que es límite con el Munici-
    pio de Simoca, desde la propiedad de Sucesión P. Chazarreta,
    pasando por  P.  Bazán y hasta Segundo Bazán, quedando éstas
    dentro de la jurisdicción.
       Oeste: Por  el camino a Finca Los Agudo, desde la propie-
    dad de Miguel A. Hael y otros, hasta el Río Seco.
    
       8. Comuna  Rural de León Rougés y Santa  Rosa
       Norte: Con el Río del Pueblo Viejo y Río Balderrama, des-
    de la Colonia Santa Marina, al Oeste, hasta el límite con el
    Municipio de Simoca, al Este.
       Sur: Por  el  camino  vecinal, que pasa a la altura de la
    Colonia Santa Marina, y es lindero Sur de las propiedades de
    Francisco Herrera,  Pablo Vitriú, Absalón Acosta, Atilio Vi-
    go, Manuel Nieva y Manuela F. de Nieva, hasta la Ruta Nacio-
    nal Nº38, pasando por las vías del FCGMB, continuando por la
    Ruta Sur,  hasta  empalmar con el camino a Huasa Pampa y por
    éste hacia  el Este, concluyendo en el límite con el Munici-
    pio de Simoca, a la altura de la propiedad de Nadolny Erna.
       Este: Con el límite Oeste del Municipio de Simoca.
       Oeste: Con  la  línea que es divisoria de la propiedad de
    Benigna M. de Santamarina, de Sur a Norte y hasta el Río del
    Pueblo Viejo, quedando ésta propiedad dentro de la jurisdic-
    ción.
    
       9. Comuna  Rural de Soldado Maldonado
       Nor-Este: Por  el  Río  La Angostura, Río Los Sosa conti-
    nuando por  el camino vecinal que va de Norte a Sur hacia la
    Ruta Provincial  Nº  324, a la altura de la Escuela Nacional
    Nº 285, siguiendo por la Ruta mencionada hasta el puente so-
    bre el Río Mandolo.
       Sur: Desde  las  Altas  Cumbres por el Río de La Quebrada
    del Portugués,  hasta  la propiedad de Domingo Almirón y por
    éste siguiendo  el curso del Río Aguilar hasta el puente so-
    bre el Río Mandolo y Ruta Provincial Nº 324.
       Oeste: Con  el límite del Departamento de Tafí del Valle,
    desde la  Ruta Provincial Nº 307 hasta el Río de la Quebrada
    del Portugués.
    
       10. Comuna  Rural de Subteniente Berdina
       Nor-Oeste: Con el Departamento de Famaillá.
       Sud-Oeste: Con  el lindero Sur de la propiedad de la Com-
    pañía San  Pablo, desde el Departamento de Famaillá, al Nor-
    te, hasta el Río Caspinchango al Sur.
    
       11. Comuna Rural de Capitán Cáceres
       Norte: Desde  el Río de la Quebrada del Portugués, por el
    Río Aguilar  o  Mandolo,  desde su nacimiento hasta la unión
    con el Río de Las Vacas.
       Sur: Por  el Río Pueblo Viejo, desde su nacimiento en las
    uniones de  los  Ríos de la Quebrada del Portugués y La Hor-
    queta, hasta  el lindero Norte de la propiedad de E. Palavi-
    cini y Compañía, a la altura del Arroyo del Tejar.
       Este: Desde  la unión de los Ríos Las Vacas y Mandolo, a-
    guas arriba por el Río de la Ventana hasta el camino vecinal
    que cruza  la Ruta Provincial Nº325 a la altura de la Comuna
    Rural Capitán  Cáceres y por éste de Norte a Sur hacia el A-
    rroyo del Tejar y siguiendo el curso del mismo, aguas arriba
    hasta el  lindero Nor-Oeste de la propiedad de E. Palavicini
    y Compañía y el Río Pueblo Viejo.
       Oeste: Con el Río de la Quebrada del Portugués.
    
       12. Comuna  Rural Sargento Moya
       Nor-Este: Con  el lindero Norte de la propiedad de la So-
    ciedad Córdoba  del Tucumán y Arroyo Las Acheritas, desde el
    límite con  la  Provincia de Catamarca a la altura del Cerro
    El Bolsón, hasta el Río Seco.
       Sur: Con  el  lindero  Sur de la propiedad de la Sociedad
    Córdoba del  Tucumán  y  el  Río Seco desde el límite con la
    Provincia de Catamarca hasta la desembocadura del Arroyo Las
    Acheritas en el Río Seco.
       Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
    
                       Departamento de Leales
    
       1. Comuna Rural  de Manuel García Fernández
       Nor-Este: Con el Río Lules desde el camino vecinal que es
    lindero Este  de  la  propiedad de Raúl G. Lescano, hasta su
    confluencia con el Arroyo Los Toros.
       Sur: Con el camino vecinal que es lindero Sur de las pro-
    piedades de  E. Mure, Juan C. Osores, Sucesión  G. Villagra,
    N. Carrizo,  J. Villagra, Ester E. Acuña y Eduardo M. Nieva,
    continuando luego  por  el  Arroyo  Los  Toros  hasta el Río
    Lules.
       Oeste: Con  el  camino  vecinal que, partiendo de la pro-
    piedad de  Raúl  G. Lezcano, es lindero Oeste de las propie-
    dades de  Miguel  A.  Padilla, Dolores de Padilla y entre o-
    tros, Lastenia R. de Figueroa y E. Mure.
    
       2. Comuna  Rural de Las Talas
       Norte: Con  el camino vecinal que, partiendo desde el lí-
    mite del Municipio de Lules, al Oeste, sirve de lindero Nor-
    te de  las  propiedades de Félix D. Saltos, Héctor Figueroa,
    Francisco A.  de  Osores,  Manuela Ledesma y por este camino
    siguiendo la misma dirección y en línea recta, hasta la pro-
    piedad de  D.  Quiroga, al Este. Las propiedades mencionadas
    quedan en la jurisdicción.
       Sur: Por línea férrea de Decauville a Leales, desde el A-
    rroyo del Rey, al Oeste, hasta el Río Salí, al Este.
       Este: Por  el  Arroyo Los Toros, Río Lules y el Río Salí,
    desde el  puente  sobre el Arroyo Los Toros, al Norte, hasta
    la línea férrea de Decauville a Leales, al Sur.
       Oeste: Con  el  Municipio de Lules, desde la propiedad de
    Félix D.  Saltos,  al  Norte, hasta el puente del Arroyo del
    Rey, en las vías del FCGMB, a la altura del lugar denominado
    "Los Eucaliptus".
    
       3. Comuna  Rural de Río Colorado
       Norte: Desde  la  línea  del FCGMB al Oeste, por la línea
    que sirve  de  lindero  Sur, de la propiedad de José Medina,
    José Cano, Elías Pérez, Morán, Cavana y otros, C. Sabino, A-
    delaida Díaz,  Luis y Vicente Sabino, Leonor Pedraza, Santos
    Flores, continuando  por el lindero Oeste de la propiedad de
    Rodolfo Torres,  desde allí hacia el Este, por el Río Muerto
    del Salí hasta el Río Salí.
       Las propiedades  mencionadas quedan fuera de la jurisdic-
    ción.
       Sur-Oeste: Por  el camino vecinal que va de Norte a Sur y
    sirve de lindero Oeste de la propiedades de Miguel Bartaburu
    entre otros, Bernabé Alderete, E. A. de Murillo, continuando
    luego hacia el Oeste, hasta la propiedad de Francisco Elías,
    luego hacia  el  Sur por el lindero Oeste de la propiedad de
    Hever, retomando el camino vecinal de Agua Blanca, que va al
    Río Aranilla  a la altura de Manchalá, siguiendo el curso de
    éste y el Río Balderrama hasta la unión con el Río Salí. Las
    propiedades mencionadas pertenecen a la jurisdicción.
       Este: Con el Río Salí.
    
       4. Comuna Rural de Esquina y Mancopa.
       Norte: Con  el camino vecinal que sirve de lindero Sur de
    las propiedades  de Ramón Toledo, y entre otros, José Lazar-
    te, Juan Torres, Marti Coll y Compañía, Juan González y has-
    ta el Río Muerto, quedando Mancopa Chico dentro de la juris-
    dicción.
       Sur: Desde el Río Salí, al Oeste, con la línea del ferro-
    carril de Decauville a Bella Vista, hasta la Ruta Provincial
    Nº 306  y  por  ésta hacia el camino vecinal que se prolonga
    hacia el  Este hasta el Río Muerto y divide las propiedades,
    entre otros,  de Julio B. Herrera, Sociedad Bustos Hermanos,
    Fidel Valdez  y  Luis  Antelo, con las propiedades de Manuel
    Fernández, Jesús  Ponce, Pedro Gómez, Magdalena L. de Monte-
    ros, quedando estos últimos fuera de la jurisdicción.
       Este: Por  el  Río  Muerto, desde el límite con la Comuna
    Rural de El Bracho y El Cevilar, al Norte y hasta el lindero
    Sur de la propiedad de Rougés y Rougés.
       Oeste: Por el Río Salí.
    
       5. Comuna Rural de Quilmes y Los Sueldos.
       Norte: Desde  el Río Salí, al Oeste, con la línea del fe-
    rrocarril de Decauville a Bella Vista, hasta la Ruta Provin-
    cial Nº 306, y por ésta hacia el camino vecinal que continúa
    al Este  y es lindero Sur de las propiedades de Julio B. He-
    rrera, A.  Masmud,  Pedro  Medina,  Adolfo Michel y hasta el
    lindero Oeste  de  las propiedades de Sociedad Bustos Herma-
    nos, al Este.
       Las propiedades  mencionadas quedan fuera de la jurisdic-
    ción.
       Sur: Desde  el  Río Salí, al Oeste, por el camino vecinal
    de La  Encantada  a Ruta Nacional Nº 9, pasando por las pro-
    piedades, entre  otros,  de Alberto Ale, Felipe S. Herrera y
    hasta el  lindero Oeste de la propiedad de G. García, que no
    pertenece a la jurisdicción, al Sur.
       Este: Con  el  camino vecinal que corre de Norte a Sur, y
    es lindero  de  las  propiedades, entre otros, de A. Michal,
    Clarisa Ponce,  Evangelista, Felipe W. de la Rosa y concluye
    en el camino vecinal de La Encantada a Ruta Nacional Nº 9.
       Oeste: Con  el  Río Salí, desde el puente de la línea fe-
    rroviaria hasta  el  lindero  Sur de la propiedad de Alberto
    Ale, que queda dentro de la jurisdicción.
    
       6. Comuna  Rural de Leales
       Norte: Por  el camino vecinal de Elvira a Mixta, desde el
    Río Salí al Oeste, hasta el Río Muerto, al Este.
       Sur: Por el camino vecinal que pasa por San Antonio y Ca-
    ñada del Arenal y su desvío hacia el Norte, hasta la propie-
    dad de  Ramón J. Barbá y de allí hacia el Este, hasta el Río
    Muerto. La propiedad citada, queda en la jurisdicción.
       Este: Con  el Río Muerto, desde la propiedad de Francisco
    Juárez, al  Norte,  hasta la propiedad de Celestino Tártara,
    al Sur.
       Oeste: Con  el Río Salí, desde el camino a Mixta, al Oes-
    te, hasta el camino a la Cañada del Arenal, al Este.
    
       7. Comuna  Rural de Los Gómez
       Norte: Desde el Río Salí, al Oeste, por el camino vecinal
    que pasa  por San Antonio y La Cañada del Arenal y su desvío
    hacia el  Norte,  hasta  la propiedad de Ramón J. Barbá, que
    queda fuera  de  la jurisdicción y desde allí hacia el Este,
    hasta el Río Muerto.
       Sur-Oeste: Por  el Río Salí, desde el camino que va a Ca-
    ñada del  Arenal,  al Norte, hasta la confluencia con el Río
    Muerto, al Sur.
       Este: Por el Río Muerto hasta la propiedad de Amalia Cam-
    pero, al  Norte, y queda dentro de la jurisdicción, hasta el
    Río Salí al Sur.
    
       8. Comuna  Rural  de Santa Rosa de Leales y Laguna Blanca
       Norte: Desde  el  Río Salí, al Oeste, por el límite Sur y
    Este de  las  jurisdicciones de Quilmes y Los Sueldos, hasta
    el camino  vecinal que separa las propiedades de Jesús Ponce
    y Sociedad Bustos Hermanos, quedando éste último fuera de la
    jurisdicción, y  por  ese camino hacia el Este, hasta el Río
    Muerto, pasando  por  el lindero Sur de la propiedad de Luis
    Antelo, que queda fuera de la jurisdicción.
       Sur: Por  el  camino  vecinal de Elvira a Mixta, desde el
    Río Salí, al Oeste, hasta el Río Muerto, al Este.
       Este: Con  el Río Muerto, desde el camino que pasa por la
    propiedad de  Rougés y Rougés, al Norte, hasta el camino ve-
    cinal de Elvira a Mixta, al Sur.
       Oeste: Con el Río Salí, desde el camino vecinal de La En-
    cantada a  Ruta Nacional Nº 9, al Norte, hasta el camino ve-
    cinal de Elvira a Mixta, al Sur.
    
       9. Comuna  Rural de Agua Dulce y  La  Soledad
       Norte: Con  el camino vecinal que va a Camas Amontonadas,
    hasta la  propiedad  de  Vicente Santor, y se continúa luego
    por el lindero Oeste y Norte de ésta, para continuar en ésta
    última dirección  en línea recta hasta la propiedad de Alde-
    rete, que queda en la jurisdicción, y las propiedades colin-
    dante de  José  F.  Guzmán  y Simón Zelaya. Estos últimos no
    pertenecen a la jurisdicción.
       Sur: Con  la línea que es divisoria de las propiedades de
    Napoleón Peralta y Pacífico Lazarte, con Elías N. Apud, que-
    dando éste  último fuera de la jurisdicción, siguiendo luego
    por el  camino  vecinal  de  Los Chañaritos, de Sur a Norte,
    hasta la  propiedad  de Herich Frank Günter, que a su vez es
    lindero con  las propiedades de D. Cajal y L. Abye, quedando
    estas últimas  en  la  jurisdicción, desde el Río Muerto, al
    Oeste, hasta la propiedad de L. Abye, al Este.
       Este: Por  el camino vecinal que va de Norte a Sur, y que
    partiendo de la propiedad de José F. Guzmán, que queda fuera
    de la jurisdicción, y en dirección a Los Chañaritos, pasando
    por las  Colonias  se desvía hacia el Este, en donde es lin-
    dero entre las propiedades de D. Rodríguez, Caro y J. M. Or-
    zeno y  M. Vidal de Albornoz, estas últimas quedan en la ju-
    risdicción, continuando  hacia el Sur por el lindero Este de
    la propiedad  de M. Vidal de Albornoz, hasta la propiedad de
    L. Abye.
       Oeste: Con el Río Muerto, quedando dentro de la jurisdic-
    ción, Camas  Amontonadas, La Fronterita, La Soledad, San An-
    tonio y Tusca Pozo.
    
       10. Comuna  Rural de Los Puestos
       Norte: Con la línea que es lindera Sur de las propiedades
    de Agenor  López,  Napoleón  Peralta,  Pacífico Lazarte, que
    quedan fuera  de  la  jurisdicción, continuando luego por el
    camino vecinal de Sur a Norte y que es lindero Oeste y Norte
    de la  propiedad de Jerónimo Helguera, Enrique y Carlos Pas-
    quini, denominada  "Finca  Los  Llanos", que pertenecen a la
    jurisdicción. Desde  el  Río Muerto, al Oeste, hasta la pro-
    piedad de Lorenzo Abye que queda fuera de la jurisdicción.
       Este-Sur: Desde  la  propiedad de Lorenzo Abye, al Norte,
    por la línea que es lindera de las propiedades entre Jeróni-
    mo Helguera,  Evaristo Segundo Villafañe, Remigio Rueda, Fe-
    liciana de  Costas,  Francisco  J. Costas y Euliogio Iramain
    con Nicasio  Rivero,  Bernabé de los Santos Cajal, José Luis
    Espinosa y Gregorio Cabeza, estas últimas quedan fuera de la
    jurisdicción, hasta  el  límite con la Provincia de Santiago
    del Estero, continuando al Sur  por este límite interprovin-
    cial.
       Oeste-Sur: Por  el  Río Muerto, hasta su desembocadura en
    el Río  Salí, y por este hasta el límite con la Provincia de
    Santiago del Estero.
    
       11. Comuna Rural de El Mojón.
       Norte: Por  la  Ruta  Provincial Nº323 y su desvío por el
    camino vecinal  que envuelve a la propiedad de Alejandro Na-
    sar y se continúa luego al Este, hasta el límite con la Pro-
    vincia de Santiago del Estero.
       Sur: Con  la  línea que es lindero Sur de la propiedad de
    Gregorio Cabeza  y  hasta el límite con la Provincia de San-
    tiago del Estero.
       Este: Con límite de la Provincia de Santiago del Estero.
       Oeste: Desde  la Ruta Provincial Nº 323, al Norte, por la
    línea que es lindera de las propiedades de Jerónimo Helguera
    y Enrique  Pasquini,  Evaristo  Segundo  Villafañe y Remigio
    Rueda, con  Nicasio Rivero, S. Romano, Bernabé de Los Santos
    Cajal, José  Espinosa  y Gregorio Cabeza; estas últimas pro-
    piedades quedan dentro de la jurisdicción.
    
       12. Comuna Rural de Estación Aráoz y Tacanas.
       Norte: Con  el camino vecinal que va de Oeste a Este y su
    prolongación, sirve de lindero Norte entre otros de las pro-
    piedades de Simón Zelaya, Eusebio Juárez, Compañía Azucarera
    Tucumana, Emilio  Budeguer,  Angel  Brito,  terreno Fiscal y
    hasta el límite con la Provincia de Santiago del Estero.
       Sur: Por  el camino vecinal que conduce a Los Villagras y
    es lindero Sur de las propiedades de Victoriano Caro, Daniel
    Rodríguez, Compañía  Azucarera  W.  Posse,  y hacia el Norte
    continúa por  el  lindero Sur de la propiedad de Pedro Rojas
    hasta Abra  Rica,  y por este camino hacia el Este, hasta el
    límite con  la Provincia de Santiago del Estero, las propie-
    dades nombradas quedan en la jurisdicción.
       Este: Por  el límite con la Provincia de Santiago del Es-
    tero.
       Oeste: Por  el  camino vecinal que va de Norte a Sur y es
    lindero de las propiedades de R. Alderetes, Eudoro Sánchez y
    Daniel Rodríguez  con Simón Zelaya y entre otros, Victoriano
    Caro, desde el Departamento de Cruz Alta, al Norte, hasta la
    Sucesión de Alberto Valentié, al Sur.
    
                      Departamento Chicligasta
    
       1. Comuna  Rural de Arcadia
       Norte: Desde  el límite con la Provincia de Catamarca, al
    Oeste, por el lindero Norte de la propiedad de Gabino Pani y
    siguiendo por  el  curso del Río Seco, hasta el lindero Este
    de la propiedad de Rodríguez, a la altura de Gastona Norte.
       Sur-Oeste: Por  el Río Solco, desde el límite con la pro-
    vincia de  Catamarca,  al Oeste, continuando por el Río Gas-
    tona y hasta el lindero Este de la propiedad de Benicio Paz,
    quedando ésta en la jurisdicción.
       Este: Por el camino vecinal que corre al Este de las pro-
    piedades de Benicio Paz, T. Arce, Luis Tavera y Rodríguez, y
    entre los Ríos Seco y Gastona, quedando las propiedades den-
    tro de la jurisdicción.
    
       2. Comuna Rural de Alpachiri y El Molino.
       Norte: Por el Río Solco, desde el límite con la Provincia
    de Catamarca,  continuando  por el Río Gastona hasta la con-
    fluencia con el Río Chirimayo.
       Sur: Desde  el  límite con la Provincia de Catamarca, por
    el Río  del Potrero continuando por el Río Medina y hasta el
    lindero Este  de la propiedad de María T. de Retondo, la que
    queda en la jurisdicción.
       Este: Por  el Río Chirimayo al lindero Este de la propie-
    dad de  Guillermo Somonte y de allí al Sur, por los linderos
    Este de  las propiedades de Antonio Gualda, Juan Aguera, Ra-
    fael Bonasfere y María T. de Retondo, hasta el Río Medina.
       Oeste: El límite con la Provincia de Catamarca.
    
       3. Comuna  Rural de La Trinidad
       Norte: Con el Río Gastona.
       Sur: Con el Río Medinas.
       Este: Por  el  camino  vecinal  que es lindero Este de la
    propiedad de Dorotea Barrionuevo y su prolongación a la pro-
    piedad de  Jesús  Medina, cruzando la Ruta Provincial Nº329,
    hasta el Río Medinas.
       Las propiedades citadas quedan dentro de la jurisdicción.
       Oeste: Desde el río Gastona hacia el Sur por los linderos
    Oeste de  las  propiedades de Silva de Frías, Jorge Estofán,
    Compañía Azucarera  Tucumana,  Antonio Cruz, Ingenio La Tri-
    nidad, José  López,  Ernesto Ance, Ferrao Cortina, Hagid Es-
    tofán, Manuel Lobo y llega a Ruta Provincial Nº329, por ésta
    hacia el  Oeste hacia la ruta que va a Medinas, siguiendo el
    eje de  ésta hasta su cruce con la primera calle al Norte de
    la Villa  de  Medinas  que se llama Lucas Córdoba, por Lucas
    Córdoba al Este con dos quiebres al Norte hasta su unión con
    la calle Manuel Belgrano que corre hacia el Sur y  siguiendo
    ésta calle hasta el Río Medinas.
    
       4. Comuna Rural de Alto Verde y Los Guchea.
       Norte: Por  el Río Chirimayo, a la altura de la propiedad
    de Francisco  Zelarayán,  continuando  por la Acequia de Los
    Méndez, hasta  el  camino  vecinal que es lindero Este de la
    propiedad de José Iriarte.
       Sur: Por  el Río Medinas, de Oeste a Este, hasta la línea
    divisoria de  la  zona urbana de Villa Monte Rico cien (100)
    metros antes  y paralela a la vía del F.C.G.M.B.) y hacia el
    Norte, hasta  la  calle Córdoba de la citada Villa y su pro-
    longación en  línea  recta hacia el Río Medinas, continuando
    por éste  hasta  el camino vecinal que es lindero de la pro-
    piedad de  Nora S. de Arias, que pertenece a la jurisdicción
    de Medinas.
       Este: Por  el  camino  que corre de Norte a Sur, llegando
    hasta el cargadero San Ramón y continúa por el camino que es
    lindero de  la  propiedad de Nora S. de Arias, entre la Ace-
    quia Los Méndez y el Río Medinas.
       Oeste: Con  el  camino que nace en el Chirimayo y llega a
    El Ceibal pasando por El Cadillal hasta el Río Medinas.
    
       5. Comuna Rural de Gastona y Belicha.
       Norte: Con el Río Seco.
       Sur: Con el Río Gastona.
       Este: Desde  el Río Seco, al Norte, por el camino vecinal
    que es lindero Este de las propiedades de Liborio Brito y o-
    tros, D.  del  C.  Brito y otros, S. J. C. de Saracho; desde
    ésta última, se continúa hacia el Este hasta el camino veci-
    nal que es lindero Este de Pedro Villafañe, G. H. Keew, Juan
    Angel Saracho  hasta  Abraham  Rosales,  y desde allí por el
    lindero Este  de la propiedad de Angel Saracho, hasta el Río
    Gastona, al Sur.
       Oeste: Límite  de  la  jurisdicción de la Comuna Rural de
    Arcadia. (Ver límite Este de Comuna de Arcadia).
    
       6. Comuna  Rural de Medinas
       Norte: Con las Comunas de Arcadia, Gastona y Belicha, por
    el Río  Gastona, desde el esquinero Noroeste de la propiedad
    de Cándido  Saez,  identificación catastral 11 F441, Parcela
    64 A,  siguiendo  su curso medio aguas abajo hasta el esqui-
    nero Noreste  de la propiedad de Segundo Gerez, cuya identi-
    ficación catastral es 11 F 488, Parcela 374.
       Sur: Con  la Municipalidad de Aguilares, por el Río Medi-
    nas desde el esquinero Suroeste de la propiedad de Nora F.
    de Arias, cuya identificación catastral es 11 F 415, Parcela
    454 B,  siguiendo  su curso medio aguas abajo hasta la calle
    Belgrano, que  parte desde Villa La Trinidad y hasta el Sur,
    pasa por el Colegio Cristo Rey y llega al Río Medina.
       Este: Con  la Comuna de la Trinidad, desde el Río Gastona
    hacia el  Sur, por el lindero Este de las propiedades de Se-
    gundo Gerez, identificación catastral 11 F 433, Parcela 374,
    11 F 434, Parcela 385 y 386, Rosa de Lautau Parcela 388, Mi-
    guel Atril  Parcela  389, Rosa y Silvia Gramajo Parcela 390,
    Carolina M.  de Sié Parcela 391, sigue después por un camino
    vecinal y  límite  de propiedad en línea recta hasta la Ruta
    Provincial Nº329,  quedando la Colonia El Porvenir dentro de
    la jurisdicción  de  la Comuna de Medinas, por ésta Ruta con
    dirección a  Concepción  200  metros hasta el empalme con la
    Ruta que  va  a Medinas, siguiendo el eje de esta Ruta hacia
    el Sur  hasta  su  cruce con la calle Lucas Córdoba, primera
    calle al  Norte  de  la Villa de Medinas, por el eje de ésta
    hacia el Este, haciendo dos quiebres al Norte hasta llegar a
    la calle  Manuel  Belgrano, que la separa de Villa La Trini-
    dad, por calle Belgrano al Sur hasta el Río Medinas, quedan-
    do el Colegio Cristo Rey y el Barrio 25 de Mayo dentro de la
    jurisdicción.
       Oeste: Con  la Municipalidad de Concepción y la Comuna de
    Alto Verde  y  Los  Guchea desde el Río Gastona hacia el Sur
    por un camino vecinal, a la vez lindero Oeste de las propie-
    dades de Cándido Saez, nomenclatura catastral 11 F 441, Par-
    cela 64  A,  Eduardo Gómez Parcela 65 A, Somonte y Rodríguez
    11 F  440, Parcela 66, Lucia Cruz Parcela 67, Rodríguez Par-
    cela 70,  Gómez Parcela 72, Rosa Fernández Parcela 73, llega
    a Ruta Provincial Nº329, por ésta hacia el Este hasta el lí-
    mite Oeste  de  la  propiedad de Ricardo Fernández 11 F 445,
    Parcela 79, Miguel A. Cruz Parcela 80, cruzando las antiguas
    vías del Ferrocarril a Medinas, sigue siempre por los linde-
    ros Oeste  de C. Abregú 11 F 442, Parcela 52, Rosa Fernández
    Parcela 53,  luego  por un canal hasta desembocar en la Ace-
    quia Los  Méndez, siguiendo el curso de ésta hasta un camino
    vecinal que  es lindero Oeste de la propiedad de Eufemio Cá-
    ceres nomenclatura  catastral  11 F. 462, Parcela 272, sigue
    al Sur  por  el  camino  vecinal que es lindero Oeste de las
    propiedades de  G. de Sánchez 11 F. 463, Parcela 273, H. Gu-
    chea Parcela 274, Juan B. Nieto 11 F. 416 Parcela 275, C. C.
    de F.  Parcela  276, M. Sánchez 11 F. 415 Parcela 453, Ariaz
    Parcela 454 B y llega al Río Medinas.
    
                        Departamento Simoca
    
       1. Comuna  Rural de Santa Cruz y La Tuna.
       Norte: Por el Río Seco, desde el lindero Oeste de la pro-
    piedad de  Manuel A. Medina, al Oeste, hasta el lindero Este
    de la propiedad de Gabino Campos, al Este.
       Sur: Con el Río Gastona.
       Este: Por el camino vecinal que corre de Norte a Sur y es
    lindero Este  de  las  propiedades de Gabino Campos, Leoncio
    Campos y Pedro Medina entre otros, continuando hacia el Oes-
    te hasta la propiedad de José Brígido Valdéz, siguiendo lue-
    go al  Sur  por  el lindero Este de dicha propiedad y las de
    Segundo Lucena, Cesario M. Díaz, entre otros, empalmando con
    la Ruta  Provincial Nº 328 hasta el Río Gastona, al Sur. Las
    propiedades mencionadas pertenecen a la jurisdicción.
       Oeste: Desde el Río Seco, al Norte, por los linderos Oes-
    te de  las propiedades de Manuel A. Medina, Limbania R. Bri-
    to, Felisa  Díaz,  Dionisio J. Soria, Ramón E. Suárez y José
    Zerrizuela, entre otros, hasta el Río Gastona, al Sur.
    
       2. Comuna Rural de San Pedro y San Antonio.
       Norte: Con el Río Seco.
       Sur: Con el Río Gastona y Río Muerto.
       Este: Desde  el Río Seco, por el lindero Este de las pro-
    piedades de  S.  Ibarra, Clemente Medina y Francisco Herrera
    entre otros,  continuando hacia el Oeste por el camino veci-
    nal que  es  lindero  Sur de las propiedades de herederos de
    Celedonio Gutiérrez,  Evaristo  Luna  y Pedro Sandoval, y de
    allí al Sur por el camino vecinal que es lindero Este de las
    propiedades de  María R. de Rocha, Manuel Valenzuela y Suce-
    sión de Benigno Bazán entre otros, hasta el Río Muerto.
    Todas estas propiedades pertenecen a la jurisdicción.
       Oeste: Con el límite Este de la jurisdicción de la Comuna
    Rural de  Santa  Cruz y La Tuna, desde el Río Seco al Norte,
    hasta el  Río Gastona al Sur. (Ver límites jurisdicciones de
    Santa Cruz y La Tuna).
    
       3. Comuna Rural de Atahona.
       Norte: Con el Río Seco.
       Sur: Con el Río Gastona.
       Este: Desde  el Río Seco, al Norte, por el camino vecinal
    que es lindero Este de las propiedades de Toribio Argañaráz,
    Lorenzo L.  Soria,  y  correspondientes, Agrícola La Atahona
    S.A. y  José  Lescano hasta el Río Gastona, al Sur. Las pro-
    piedades mencionadas pertenecen a esta jurisdicción.
       Oeste: Por  el  límite Este de la jurisdicción comunal de
    San Pedro  y  San  Antonio, desde el Río Seco al Río Muerto,
    continuando luego por este último, hasta la desembocadura en
    el Río Gastona.
    
       4. Comuna Rural de Chicligasta.
       Norte y Este: Por el Río Seco, continuando por el Río Sa-
    lí desde  la  propiedad de Toribio Argañaráz que queda fuera
    de la  jurisdicción,  al Oeste, hasta el límite con Santiago
    del Estero, al Este.
       Sur: Por  el  Río  Gastona,  desde el lindero Oeste de la
    propiedad de  Valentino  Román que queda en la jurisdicción,
    hasta el límite con la Provincia de Santiago del Estero.
       Oeste: Por  el  límite Este de la jurisdicción comunal de
    Atahona, desde  el Río Seco, al Norte, hasta el Río Gastona,
    al Sur.
    
       5. Comuna  Rural de Ciudacita
       Norte: Con  el  Río Gastona, desde el lindero Oeste de la
    propiedad de  José Castro, al Este, hasta el lindero Este de
    la propiedad  de  Nicanor  Medina,  al Este. Las propiedades
    mencionadas, pertenecen a la jurisdicción.
       Sur: Con el Río Medina, desde la propiedad de Jesús Quin-
    teros  al  Oeste,  hasta  el lindero Este de la propiedad de
    Adolfo  Pintos y correspondientes al Este. Estas propiedades
    pertenecen a la jurisdicción.
       Este: Desde el Río Gastona, al Norte, por la línea que es
    lindero entre  las  propiedades de Nicanor Medina y Sociedad
    Arrocera Gianserra  Industrial  y  Comercial, esta última no
    pertenece a  la  jurisdicción,  continuando al Este hasta el
    lindero Norte  de las propiedades de Adolfo Pintos y corres-
    pondientes; de  allí al Sur, por el lindero Este de la misma
    y hasta el Río Medina.
       Oeste: Por  el  lindero  Oeste de las propiedades de José
    Castro, Juan  Sarmiento y Jesús Quinteros, desde el Río Gas-
    tona, al  Norte, hasta el Río Medinas, al Sur. Las propieda-
    des pertenecen a la jurisdicción.
    
       6. Comuna Rural de Monteagudo
       Norte: Con  el  Río  Gastona, desde la línea que sirve de
    divisoria entre las propiedades de Nicanor Medina con Socie-
    dad Arrocera  Gianserra  Industrial y Comercial (esta última
    pertenece a  la jurisdicción), al Oeste, hasta el límite con
    la Provincia de Santiago del Estero, al Este.
       Sur: Con el Río Medinas, desde la línea que sirve de lin-
    dero entre las propiedades de Adolfo Pintos, que queda fuera
    de la  jurisdicción,  con Belisario Gramajo, al Oeste, hasta
    el límite con la Provincia de Santiago del Estero, al Este.
       Este: Con  el  límite de la Provincia de Santiago del Es-
    tero.
       Oeste: Desde  el Río Gastona, al Norte, por el lindero O-
    este de  la  propiedad de Sociedad Arrocera Gianserra Indus-
    tritrial y  Comercial,  continuando  hacia  el Este hasta la
    propiedad de  J. Gramajo y desde allí al Sur, por los linde-
    ros Oeste  de  las  propiedades de Joaquín Conti y Belisario
    Gramajo hasta  el  Río Medinas, al Sur. Las propiedades men-
    cionadas, pertenecen a la jurisdicción.
    
       7. Comuna Rural de Río Chico y Nueva Trinidad.
       Norte: Con  el  Río Medinas, desde el lindero Oeste de la
    propiedad de  Juan Martínez a la altura de Costa de Medinas,
    al Oeste, y hasta el límite con la Provincia de Santiago del
    Estero, al Este.
       Sur: Por  el  Arroyo Yanamayo, que continúa por el Arroyo
    Matazambi desde  el lindero Oeste de la propiedad de Ernesto
    Quinteros al  Oeste  y  hasta  el límite con la Provincia de
    Santiago del Estero, al Este.
       Este: Por  el límite con la Provincia de Santiago del Es-
    tero.
       Oeste: Desde  el  Río Medinas, al Norte, por los linderos
    Oeste de  las  propiedades de Juan Martínez, Saturnino Lobo,
    José Salas,  J.  C.  S. Miñano y Alfredo C. Villada entre o-
    tros, hasta  el  Río Chico, continuando al Este por el curso
    de ese  Río hasta la propiedad de José Romero y otros; desde
    allí y hacia el Sur, por la línea que sirve de lindero entre
    las propiedades  de  David Pintos, que queda fuera de la ju-
    risdicción, con  José T. Fernández y Ernesto Quinteros entre
    otros, hasta el Arroyo Yanamayo, al Sur.
    
       8. Comuna Rural de Pampa Mayo:
       Norte: Con Arroyo del Estero, el eje del cauce del Arroyo
    lo divide  con la Municipalidad de Simoca y la Comuna de Ma-
    nuela Pedraza.
       Sur: Río  Seco  hasta su desembocadura en el Río Salí, el
    eje del  mismo divide las Comunas de San Pedro y San Antonio
    y Atahona.
       Este: Con  el  Río  Salí, cuyo eje del cauce lo separa el
    Departamento Leales.
       Oeste: Con  el eje del camino vecinal que viene de Simoca
    y va al Río Seco, siendo este mismo, límite Este de la Comu-
    na de Buena Vista.
    
       9. Comuna Rural de Buena Vista:
       Norte: Con  los límites sur de la Comuna de Yerba Buena y
    Municipalidad de Simoca.
       Sur: Con  el  Río  Seco, el eje del mismo lo separa de la
    Comuna de Santa Cruz y La Tuna.
       Este: Por  el  eje del camino vecinal que viene de Simoca
    hacia el Sur, pasando frente a la Escuela Nº 15, quedando la
    misma fuera de la jurisdicción comunal y llega al Río Seco.
    Este camino  divide    las    localidades    de  Pampa  Mayo
    Noroeste-Campo Volante Sur-de Pampa Mayo.
       Oeste: Con el límite Este del Departamento Monteros.
    
       10. Comuna Rural de Yerba Buena:
       Norte: Río  Balderrama  cuyo  eje del cauce divide con el
    Departamento Monteros.
       Sur: Desde  el límite Este del Departamento Monteros, por
    el eje  del  camino  vecinal que corre en zig-zag de Oeste a
    Este y  a la vez es lindero sur de las propiedades de Manuel
    Concha, Manuel  Alvarez, José M. Abregú, N. A. González, Re-
    gina González,  M.  Amaya, W. Juarez, I. López, Angel Costi-
    lla, Manuel  Curia,  J.  V.  de Molina, T. González, Domingo
    Morán y Lugarda S. de Bustamante, donde empalma con el Arro-
    yo del  Estero. Dicho camino separa las localidades de Macio
    con Buena  Vista. Siguiendo el eje del Arroyo, al Este hasta
    llegar al límite Oeste de la Municipalidad de Simoca.
       Este: Con  los  límites Oeste de la Comuna de Manuela Pe-
    draza y la Municipalidad de Simoca.
       Oeste: Con el límite Este del Departamento Monteros.
    
       11. Comuna Rural de Manuela Pedraza:
       Norte: Río Balderrama, que separa el Departamento Leales.
       Sur: Arroyo  Los Pérez que a la vez es límite Norte de la
    Municipalidad de  Simoca, siguiendo luego por el límite Este
    del Municipio,  hasta  el Arroyo del Estero y por el eje del
    mismo hasta su desembocadura en el Río Salí.
       Este: Río Salí, que separa del Departamento Leales.
       Oeste: Desde  el Río Balderrama hacia el sur, por el lin-
    dero Oeste  de las propiedades de E. Bragas, F. G. de Salom,
    A. Medina,  doblando  luego  hacia el Este, por el eje de un
    camino vecinal  que  es  lindero  Sur de A. Medina, hasta el
    cruce con  camino  vecinal que toma dirección Sur, separando
    las propiedades de José Salguero y J. Pérez con Apolinar Me-
    dina, siguiendo el eje del citado camino 100 metros al Oeste
    y luego  hacia  el Sur, por el lindero Oeste las propiedades
    de Ramón  Molina, T. C. G. Molina, A. G. de Romano, M. Moli-
    na, Victoriana  Gómez, doblando al Este y luego al sur hasta
    su intersección con el camino vecinal que va desde M. Pedra-
    za a Balderrama Sur, hasta el lindero esquina Noroeste de la
    propiedad de A. Suarez, siguiendo hacia el Sur por el linde-
    ro Oeste de la propiedad anterior y de Bersabé Flores, hasta
    el Arroyo Los Pérez, límite Norte de la Municipalidad de Si-
    moca, quedando  estas  propiedades dentro de la jurisdicción
    comunal.
    
                       Departamento Río Chico
    
       1. Comuna  Rural  de Monte Bello
       Norte: Con el Río Medinas.
       Sur: Con  las  Cumbres  de  Santa Ana, hasta la línea que
    sirve de lindero de las propiedades del Ex Ingenio Santa Ana
    (perteneciente a  la jurisdicción de Santa Ana), continuando
    por el Río Chico desde su nacimiento y el Arroyo Los Sauces,
    hasta la propiedad de Pedro Svaldi.
       Este: Con  el lindero Este de la propiedad de la Compañía
    Azucarera Tucumana, desde el Río Medinas hasta el Río Chico.
       Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
    
       2. Comuna Rural de Los Sarmientos y La Tipa.
       Norte: Con el Río Medinas.
       Sur: Con el Río Chico.
       Este: Con el camino vecinal que divide las propiedades de
    la Sucesión  A. de Zelarayán y hacia el Sur por el mismo ca-
    mino hasta  el Arroyo Barrientos, continuando curso hacia el
    Este, hasta  el  camino que es lindero de las propiedades de
    José Palavecino,  D.  Perilli,  Carlos Palavecino, Luis Bou-
    quet, Simón Padrós, J. L. Gómez, Luis Rosales y Calixto Oje-
    da, todas pertenecientes a esta jurisdicción.
       Oeste: Con el lindero Este de la propiedad de la Compañía
    Azucarera Tucumana,  desde el Río Medinas, hasta el Río Chi-
    co.
    
       3. Comuna Rural de El Polear.
       Norte: Con el Río Chico.
       Sur: Con el Arroyo Matazambi.
       Este: Desde  el  Norte, con el camino que divide las pro-
    piedades de Salomón Jalil con José M. Romero y otros, conti-
    nuando en  línea  recta hasta la línea divisoria de las pro-
    piedades de David Pintos con Ernesto C. Quinteros en el Sur,
    hasta el Arroyo Matazambi.
       Oeste: Con  la  Ruta  Nacional Nº 38, desde el puente del
    Río Chico,  al  Norte, hasta el puente del Arroyo Matazambi,
    en el Sur.
    
       4. Comuna Rural de Santa Ana.
       Norte: Desde las Cumbres de Santa Ana, hasta la línea que
    sirve de lindero de las propiedades del Ex Ingenio Santa Ana
    con Octavio  Navarro,  continuando por el Río Chico desde su
    nacimiento (Arroyo Los Sauces), hasta el puente sobre el Río
    Chico en la Ruta Nacional Nº 38.
       Sur: Desde  las    Cumbres  de  Santa  Ana  (parte  Sur),
    continuando por el Arroyo Matazambi hasta el puente sobre el
    mismo Arroyo, en la Ruta Nº 38.
       Este: Con la Ruta Nacional Nº 38, desde el Río Chico has-
    ta el Arroyo Matazambi.
       Oeste: Con las Cumbres de Santa Ana.
    
                    Departamento Juan B. Alberdi
    
       1. Comuna Rural de Villa Belgrano.
       Norte: Con el Arroyo Matazambi.
       Sur: Desde  la  propiedad  de Juan de Dios Ortega, con el
    lindero Sur  de  la propiedad de Raquel del Sueldo, Victoria
    A. de  Gordillo,  continuando por el camino hasta la vía del
    FCGMB, siguiendo  por ésta al Sur, hasta la intersección con
    el camino  vecinal que va desde la propiedad de Juan de Dios
    Ortega a la propiedad de Salvador Piga, comunicando entre o-
    tras, las  propiedades de Sucesión J. Toledo, Mercedes G. de
    Pistone, Juan Cambullay y Esteban Aguirre (todas las propie-
    dades pertenecen a esta jurisdicción).
       Este: Con  el camino vecinal que va desde la propiedad de
    Salvador Piga,  de Sur a Norte, hasta la propiedad de Santos
    C. Vera y su prolongación hasta el Arroyo Matazambi, quedan-
    do la propiedad de J. M. Ruiu fuera de la jurisdicción.
       Oeste: Con el lindero Este (camino vecinal) de la propie-
    dad de Juan de Dios Ortega, quedando ésta fuera de la juris-
    dicción.
    
       2. Comuna Rural de Escaba.
       Nor-Este: Con  las  Cumbres de Santa Ana y los Cerros del
    Quico desde  los  límites  de  la Provincia con Catamarca al
    Norte, hasta  el  Río  Singuil y límites con la Provincia de
    Catamarca al  Sur,  a  la altura del límite del Departamento
    Graneros.
       Sur: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
       Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
    
                       Departamento Graneros
    
       1. Comuna Rural de Lamadrid.
       Norte: Con  el  Arroyo Matazambi, que es el límite con el
    Departamento  Simoca.
       Sur: Desde los linderos Sur de la Estancia Los Sarachos y
    finca de  Segundo  Frías,  C. Brandán hasta 1.100 metros del
    lindero Sur  de la propiedad de Cleofé Díaz de Gómez, y con-
    tinuando hacia  el Norte a la altura de la propiedad de Mer-
    cedes C.  de Sivestres, quedando Chañar Pozo, El Chañarito y
    El Espinal  dentro de la jurisdicción de La Madrid, hasta el
    Sestiadero, jurisdicción de Taco Ralo, continuando al Puesto
    Los Galván  o  Gálvez  y  de allí por el lindero Norte de la
    propiedad Sucesión  J.  Chiozza, hasta el límite con la Pro-
    vincia de Santiago del Estero.
       Este: Con la Provincia de Santiago del Estero.
       Oeste: Desde el Arroyo Matazambi hacia el Sur, por la lí-
    nea divisoria  de  las  propiedades de la Compañía Azucarera
    Argentina La  Corona con Francisco Bañón, continuando por el
    Arroyo Chileno a la línea divisoria hacia el Sur de las pro-
    piedades de  Benjamín López, Sucesión Filiberto Alderete con
    Sucesión Andrés Dorao y Sucesión G. Aguilar, y hacia el Oes-
    te por el Río Graneros, hasta la línea divisoria de las pro-
    piedades de  Manuela  Gramajo  de Avanti con la Estancia Los
    Sarachos.
    
       2. Comuna Rural de Taco Ralo.
       Norte: Con el límite Sur de la jurisdicción comunal de La
    Madrid.
       Sur-Este: Con  las Provincias de Catamarca y Santiago del
    Estero.
       Oeste: Con  los  linderos Oeste de las propiedades de Mi-
    guel Martínez  y  la  Estancia La Indivisa, desde el lindero
    Norte de la primera, hasta el límite con la Provincia de Ca-
    tamarca.
    
                       Departamento La Cocha
    
       1. Comuna  Rural de Yánima
       Norte: Con el Río Marapa.
       Sur: Desde  el  Cerro  de  Quico, al Oeste, con el Arroyo
    Sauce Yaco,  hasta  el lindero Sur de la propiedad de Reinol
    Engel, al Este, quedando esta propiedad en la jurisdicción.
       Este: Desde el lindero Este de la propiedad de Reinol En-
    gel, al  Sur,  continuando  por  la línea divisoria hacia el
    Norte de  las propiedades de P. D. Ruiz con Sucesión M. Neu-
    nier de  Courtade  y  Jorin Robin con Clementino Colombres y
    hasta el Río Marapa hasta el Arroyo Sauce Yaco.
       Oeste: Con  el  Cerro de Quico, desde Río Marapa hasta el
    Arroyo Sauce Yaco.
    
       2. Comuna Rural  de El Sacrificio
       Norte: Con  el  Arroyo Sauce Yaco y los linderos Oeste de
    las propiedades  Sucesión  María  N. de Courtade, Clementino
    Colombres Garmendia hasta el Río Marapa, continuando por és-
    te hasta la propiedad de Antonio Martínez. Todas las propie-
    dades nombradas pertenecen a la jurisdicción.
       Sur: Por el Río San Ignacio.
       Este: Desde  el  Río Marapa por la línea divisoria de las
    propiedades de  Antonio Martínez, con la Sucesión de Octavio
    Aguirre y  la propiedad de María L. de Bovet con Segundo Ro-
    bles, hasta el Río San Ignacio, quedando el Huaico dentro de
    la jurisdicción.
       Oeste: Con  las  cumbres del Cerro Quico, desde el Arroyo
    Sauce Yaco, al Norte, y el Río San Ignacio, al Sur.
    
       3. Comuna Rural de San José de La Cocha.
       Norte: Río San Ignacio.
       Sur: Con el camino vecinal que es lindero de la propiedad
    de Olimpia O. de Parache, Sucesión R. Lobo, hasta el lindero
    Oeste de  la  propiedad de Adela de Salinas (la propiedad de
    F.P. Lobo  queda  fuera de la jurisdicción), continuando por
    este lindero  al  Sur hasta la propiedad de Bonifacio Leiva,
    quedando dentro  de esta jurisdicción las propiedades de Ma-
    ría López, Bonifacio Leiva, Agueda de Fernández, continuando
    por el camino vecinal, hacia el Oeste hasta la Ruta Nacional
    Nº 38, pasando por el lugar denominado "El Porvenir".
       Por Ruta  Nacional  Nº  38,  hacia  el  Norte,  al  lugar
    denominado Alto de La Cocha, hasta la vía del FCGMB, quedan-
    do dentro de la jurisdicción las propiedades de Pedro Pinto,
    E. D.  de  Blanco, R. Delgado, F. Albornoz y pasando por las
    vías, María  Argañaráz,  hasta  la Ruta Provincial Nº 334, y
    por ésta  hacia el Oeste con el cruce del camino vecinal que
    pasa por el lindero de la propiedad de Olimpia de Parache.
       Este: Con  el  camino  vecinal que es a su vez límite del
    Departamento Graneros.
       Oeste: Desde  el Río San Ignacio, a la altura del lindero
    Oeste de  la propiedad de Desiderio Correa, y en línea recta
    hacia el  Sur,  hasta  empalmar con el camino de Huasa Pampa
    Norte, y  por  ése,  siguiendo  al Sur, con cruce de la Ruta
    Provincial Nº 334.
    
       4. Comuna Rural de San Ignacio.
       Nor-Oeste: Por  el  Río  San Ignacio desde las Cumbres de
    Los Llanos, hasta la prolongación del camino La Rinconada.
       Sur: Desde  las  Cumbres  de  Los Llanos, por el camino a
    Balcozna hasta  La Cañada, propiedad de Sucesión Juan Gettar
    inclusive.
       Este: Desde  el Río San Ignacio hacia el Sur, por el lin-
    dero Oeste de la propiedad de Dorila de Ferreira, continuan-
    do por el camino La Rinconada, pasando el camino a Los Piza-
    rros hasta  el  Arroyo Monte Grande y a la altura de la pro-
    piedad de  Sucesión  Correa, hacia el Sur, por el lindero de
    la propiedad de Sucesión Juan Gettar, hasta el camino a Bal-
    cozna.
    
       5. Comuna Rural de Rumi Punco.
       Norte: Desde el límite Oeste con la Provincia de Catamar-
    ca y por el lindero Norte de las propiedades de Rosa Giménez
    de De  La  Orden  (que  queda en la jurisdicción), hasta las
    Cumbres de  Los  Llanos, y por éstas al Sur, siguiendo luego
    por el Arroyo Pueblo Viejo, desde sus nacientes hasta el lí-
    mite Este con la Provincia de Catamarca.
       Sur-Este-Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamar-
    ca.
    
       6. Comuna Rural de Huasa Pampa.
       Norte: Desde  el  Río  San Ignacio por las Cumbres de Los
    Llanos a las nacientes del Arroyo La Posta, y por éste hasta
    el cruce  con  la Ruta Nacional Nº 38, siguiendo por ésta al
    Sur, hasta el lindero Noroeste de la propiedad de María A.
    de Ramallo  y  luego por el lindero Norte de la propiedad de
    Alberto Buffo,  hasta el límite con la Provincia de Catamar-
    ca.
       Sur: Por  el límite Norte de la Comuna Rural de Rumi Pun-
    co.
       Este: Con la Provincia de Catamarca.
       Oeste: Desde  las  Cumbres de Los Llanos, a la altura del
    camino a  Balcozna,  por el Río San Ignacio, continuando por
    el límite con la Provincia de Catamarca.
    
                      Departamento Yerba Buena
    
       1. Comuna Rural  de  Cevil Redondo
       El límite  entre la comuna Rural de Cevil Redondo y Yerba
    Buena es el siguiente:
       Desde el cruce del camino del Perú con el Canal Horco Mo-
    lle, por  el Canal Horco Molle, en dirección Oeste, hasta el
    cruce de éste con la alambrada de la propiedad de la Univer-
    sidad Nacional de Tucumán.
    
       2. Comuna Rural  de San Javier
       Desde el cruce indicado anteriormente y en dirección Sur,
    por la  alambrada Este de la propiedad de la Universidad Na-
    cional de  Tucumán  hasta el esquinero entre las propiedades
    de la Universidad Nacional de Tucumán (al Norte) y las Lomas
    de Imbaud  y/o Eugenia y Alfredo Imbaud (al Sur); desde este
    esquinero, por el lindero entre las propiedades de Eugenia y
    Alfredo Imbaud (al Sur y al Este) y de la Universidad Nacio-
    nal de  Tucumán  (al Norte y Oeste), hasta el empalme con la
    Ruta Provincial Nº 338; por ésta y en dirección general Oes-
    te hasta  el empalme con la Ruta Provincial Nº 336; por ésta
    y en dirección general Sur hasta el lindero de las propieda-
    des de  Carmelo  López  Toro (al Norte) y Compañía Azucarera
    Ingenio Amalia (al Sur).
       El límite  de  esta Comuna con la Comuna de Cevil Redondo
    es el siguiente: desde el cruce del Canal Horco Molle con la
    alambrada Este de la propiedad de la Universidad Nacional de
    Tucumán, por  la alambrada Nor-Este de esta propiedad, hasta
    el cruce de las Altas Cumbres de San Javier con la alambrada
    Nor-Oeste de la propiedad citada.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto  consolidado  con  Leyes  Nº 4721, 4732, 4734, 4787,
    4807,4808, 4839,  5034,  5231, 5668, 5774, 6189, 7651, 7944,
    7947.-

  • Relaciones

    Modificada por Ley 4721
    Modificada por Ley 4732
    Modificada por Ley 4734
    Modificada por Ley 4787
    Modificada por Ley 4807
    Modificada por Ley 4808
    Modificada por Ley 4839
    Modificada por Ley 5034
    Modificada por Ley 7651
    Modificada por Ley 7944
    Modificada por Ley 7947
    Consolidada por Ley 8240
    Modificada por Ley 8413
    Modificada por Ley 8489
    Modificada por Ley 8587
    Modificada por Ley 8697
    Modificada por Ley 9259
    Modificada por Ley 9582
    Vinculada a Ley 5231
    Vinculada a Ley 5668
    Vinculada a Ley 5774
    Vinculada a Ley 6189

  • Resumen

    FIJA LAS JURISDICCIONES COMUNALES.

  • Observaciones

    -TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 6.