• Detalle de Ley

    Ley N°: 8737
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 18/11/2014
    Promulgada: 21/11/2014
    Publicada: 27/11/2014
    Boletin Of. N°: 28399

  • Texto
  •    La Legislatura  de  Ia Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Desaféctase  del Anexo II de la Ley N° 7142
    (Activo  por  Activo) y sus modificatorias, una fracción del
    inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia,
    ubicado  en  la   localidad  de  7  de  Abril,  departamento
    Burruyacu, de las siguientes medidas y linderos:
    
       Norte: 65,99 m., con calle Sin Nombre;
       Sur: 65,71 m., con propiedad  del Superior Gobierno de la
            Provincia (Padrón N° 195.886);
       Este: 61,97 m., con propiedad del Superior Gobierno de la
             Provincia; (Padrón N° 195.886) calle  Sin Nombre de
             por medio;
       Oeste: 62,93 m.,con calle pública.
       Superficie aproximada: 4.111,8068 m2.
       Identificado   en   mayor   extensión, con  la  siguiente
       Nomenclatura      Catastral:     Padrón    N°    195.886;
       Circunscripción: I, Sección: G;  Lámina: 254; Parcela: 50
       E;  Matrícula: 25554;  Orden: 622,  e  inscripto   en  el
       Registro   Inmobiliario   en   la  Matrícula Registral N°
       B-01210.
    
       Art. 2°.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo a transferir el
    inmueble descripto  precedentemente,  a la Comuna Rural de 7
    de Abril,  departamento  Burruyacu,  para ser destinado a la
    construcción de  un    Centro   de  Integración  Comunitaria
    (C.I.C.).
    
       Art. 3°.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  para  que,  a
    través   de  la  Escribanía  de  Gobierno  de  la Provincia,
    realice la  elaboración sin cargo de la escritura traslativa
    de dominio. 
    
       Art. 4°.- Excluir  la  fracción  descripta en el Artículo
    1°,  de las disposiciones de la Ley N° 8162.
    
       Art. 5°.- Modifícase la Ley N° 7142 (Activo por Activo) y
    sus  modificatorias,  en  la  forma  que  a continuación  se
    indica:
    
       En el  Anexo   II  –  Listado  de  Inmuebles,  punto  47,
       sustituir   la   expresión: “86170”, por   la  expresión:
       “195886”.
    
       Art. 6°.- Comuníquese.
       Dada en la Sala  de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los dieciocho días del mes  de
    noviembre del año dos mil catorce.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7142
    Vinculada con Ley 8162

  • Resumen

    DESAFECTA DEL ANEXO II DE LA LEY N° 7142 -ACTIVO POR ACTIVO- Y SUS MODIFICATORIAS, UNA FRACCIÓN DE INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE 7 DE ABRIL, DEPTO. BURRUYACU, PARA SER TRANSFERIDA A LA COMUNA RESPECTIVA, DISPONIENDO ASIMISMO SU EXCLUSIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 8162. PADRÓN N° 195.886

  • Observaciones

    -DCTO.3040/3(ME)DEL 28-09-2015 B.O.30-10-15 AUTORIZA A ESCRIBANÍA DE GOBIERNO A CONFECCIONAR ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO.