La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Apruébanse, en todos sus términos, los
Convenios Unicos de Colaboración y Transferencia firmados en
fecha 3 de Noviembre de 2014, entre la Subsecretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda (SSDUyV) dependiente de la
Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y el
Gobierno de la Provincia, los que como Anexo Unico forman
parte integrante de la presente Ley, para la ejecución de
obras de pavimentación en jurisdicción de Municipios y
Comunas de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el
segundo párrafo del Artículo 2° de la Ley N° 8577 y su
modificatoria Ley N° 8688 (Plan: “Más Cerca, Más Municipio,
Mejor País, Más Patria”).
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciocho días del mes de
noviembre del año dos mil catorce.