• Detalle de Ley

    Ley N°: 8825
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ECONOMICO - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 08/10/2015
    Promulgada: 16/10/2015
    Publicada: 22/10/2015
    Boletin Of. N°: 28618

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Sustitúyese  el Artículo 1°  de  la  Ley N°
    8122, por el siguiente:
       “Artículo   1°.-   Facúltase   al   Poder   Ejecutivo   a
       instrumentar   metodologías   de  registro  que  permitan
       imputar presupuestariamente los  movimientos  financieros
       mensuales originados en  préstamos otorgados a Municipios
       y/o  Comunas  Rurales con recursos provinciales, tanto la
       puesta  a  disposición  de  fondos  en  las   respectivas
       cuentas, como  las  devoluciones, por  cualquier concepto
       por el neto resultante de estos movimientos.”
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de Sesiones  de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a  los  ocho  días  del  mes  de
    octubre del año dos mil quince.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 8122
    Vinculada a Ley 8829

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 8122 -METODOLOGIAS DE REGISTRO DE MOVIMIENTOS FINANCIEROS MENSUALES POR PRÉSTAMOS A MUNICIPIOS Y/O COMUNAS RURALES-

  • Observaciones

    -DCTO. 2212/3-ME-DEL 15-07-2016. OTORGA PRESTAMOS.
    -DCTO. 3447/3 -SH- DEL 24-10-2016(BO. 10-11-2016)OTORGA PRESTAMOS.