• Detalle de Ley

    Ley N°: 8122
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ECONOMICO - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 25/09/2008
    Promulgada: 14/10/2008
    Publicada: 17/10/2008
    Boletin Of. N°: 26893

  • Texto
  •    La  Legislatura de la Provincia de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a instrumentar
    metodologías  de registro que  permitan imputar presupuesta-
    riamente los movimientos financieros mensuales originados en
    préstamos, conforme  a  las  disposiciones  de las  Leyes Nº
    7.467, Nº 7.973 y Nº 8.027, tanto la puesta a disposición de
    fondos, como las  devoluciones, por cualquier concepto, pro-
    venientes de cada Municipio y/o Comuna Rural por el neto re-
    sultante de estos movimientos.
       Art. 2º Comuníquese.
       Dada en  la Sala de Sesiones de  la Honorable Legislatura
    de  la Provincia de Tucumán, a los veinticinco  días del mes
    de setiembre del año dos mil ocho.
    

  • Relaciones

    Modificada por Ley 8825
    Vinculada con Ley 7467
    Vinculada con Ley 7973
    Vinculada con Ley 8027
    Vinculada a Ley 8471
    Vinculada a Ley 8650
    Vinculada a Ley 8773
    Vinculada a Ley 9007

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A INSTRUMENTAR METODOLOGÍAS DE REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS MENSUALES POR PRÉSTAMOS A MUNICIPIOS Y/O COMUNAS RUALES, CONFORME DISPOSICIONES DE LEYES N° 7467, 7973 Y 8027.

  • Observaciones

    -DCTO.3830/3-08 (BO. 19/11/2008) DISPONE QUE ÓRDENES DE PAGO, CONFORME LEYES 7467, 7973 Y 8027, SERÁN EMITIDAS SIN IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA.