• Detalle de Ley

    Ley N°: 7973
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TRATADOS Y CONVENIOS - ECONOMICO
    Sancionada: 20/12/2007
    Promulgada: 21/12/2007
    Publicada: 28/12/2007
    Boletin Of. N°: 26693

  • Texto
  • La Legislatura de la Provincia  de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                            L E Y : 
    
       Artículo 1º.- Facúltase al Poder  Ejecutivo a firmar Con-
    venios  de Préstamos  con las Municipalidades, conforme  los
    montos establecidos en el Anexo I que forma parte de la pre-
    sente ley, y con las Comunas Rurales de la Provincia, por el
    monto  restante  hasta la  suma  total de Pesos  Seiscientos
    Veinticinco Millones ($ 625.000.000.-), para atender, en  el
    caso de los Municipios, erogaciones salariales, equipamiento
    y  de obras y servicios públicos y en el caso de las Comunas
    Rurales para equipamiento y obras y servicios públicos.
    
       Art. 2º.- Autorízase a  los Municipios  de la Provincia a
    afectar de los montos asignados para el pacto Obras del Ane-
    xo I los fondos necesarios para atender erogaciones emergen-
    tes de incrementos salariales otorgados o a otorgarse por el
    Gobierno Provincial y al que los Municipios adhieran o hayan
    adherido.
       Los Municipios que no suscribiesen el Pacto Sueldos y que
    a causa  de estos incrementos no les alcanzare para cancelar
    su planilla salarial  podrán afectar los  fondos  necesarios
    del monto asignado para el Pacto Obras del Anexo, I, siempre
    que  dicha afectación  no implique modificar  el  total  del
    préstamo acordado.
    
       Art. 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a redistribuir los
    fondos establecidos  en la presente ley de acuerdo a las ne-
    cesidades prioritarias  que surjan para atender sus disposi-
    ciones, reglamentando los  aspectos que considere  pertinen-
    tes.
    
       Art. 4º.- La presente ley  tendrá vigencia a partir del 1
    de enero de 2008.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de di-
    ciembre del año dos mil siete.

  • Relaciones

    Vinculada a Ley 8027
    Vinculada a Ley 8122
    Vinculada a Ley 8155
    Vinculada a Ley 8396
    Vinculada a Ley 8471
    Vinculada a Ley 8829

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A FIRMAR CONVENIOS DE PRÉSTAMOS CON LAS MUNICIPALIDADES Y COMUNAS RURALES.

  • Observaciones

    -VER DNU 18/10 DEL 20/02/08 RATIFICADO POR LEY 8027.
    -VER LEYES 8122 Y 8155.
    -VER DNU 1/3(ME)DEL 08/01/2010 -ADQUIERE FUERZA DE LEY.
    -DCTO.ACDO.DE NEC.Y URG. Nº 18/3(ME) DEL 28/12/2010 BO.21/01/2011: FIRMA DE CONVENIOS DE PRESTAMOS CON MUNICIPALIDADES Y COMUNAS.
    -VER LEY N° 8468.
    -VER LEY N° 8471.