• Detalle de Ley

    Ley N°: 8844
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 22/12/2015
    Promulgada: 11/01/2016
    Publicada: 18/01/2016
    Boletin Of. N°: 28675

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 5121,  en la forma que
    a continuación se indica:
    
       - Sustituir el Artículo 12, por el siguiente:
    
         "Art. 12.- El  Tribunal  Fiscal  de  Apelación,  es  un
       organismo  Público  Provincial,  con autarquía jurídica y
       financiera, y  se  vinculará  con  el  Poder  Ejecutivo a
       través  del  Ministerio  de  Economía,  su  actividad  se
       financiará con fondos provenientes del Tesoro Provincial,
       y será competente para conocer:
         1. De   los   recursos   de    apelación   contra   las
            resoluciones  que  dicte la Autoridad de  Aplicación
            en los casos previstos en el Artículo 99.
         2.	De los recursos de apelación contra las resoluciones
            de  la Autoridad de Aplicación que impongan multas o
            sanciones.
         3.	De los recursos  de  apelación y nulidad o apelación
            contra   las   resoluciones   denegatorias   de  las
            reclamaciones  de repetición de impuestos formuladas
            ante  la  Autoridad de Aplicación, y de las demandas
            de   repetición   entabladas  directamente  ante  el
            Tribunal."
    
       Art. 2°.-  Créanse  en  el  ámbito del Tribunal Fiscal de
    Apelación los siguientes cargos de planta permanente:
    
       Denominación del Cargo              Cantidad por Nivel
    
        Secretario                              5 (cinco)
        Prosecretario                           5 (cinco)
        Encargado                               1 (uno)
        Ordenanza de Primera                    1 (uno)
    
       Art. 3°.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a  realizar la
    compensación de  partidas    que   resulten    estrictamente
    necesarias   para  el  normal  funcionamiento  del  Tribunal
    Fiscal de Apelación, utilizando para ello el crédito del SAF
    50 –  Obligaciones   a  Cargo  del  Tesoro  –  Programa   93
    -Erogaciones Varias  del    presupuesto  vigente,  hasta  su
    inclusión en el Presupuesto General de la Provincia.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de Sesiones  de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintidós  días del mes de
    diciembre del año dos mil quince.

  • Relaciones

    Vinculada a Ley 9060
    Modifica a Ley 5121
    Vinculada con Ley 8816

  • Resumen

    MODIFICA LEY Nº 5121 -CODIGO TRIBUTARIO-. CREA CARGOS EN EL TRIBUNAL FISCAL DE APELACION.

  • Observaciones