• Detalle de Ley

    Ley N°: 9212
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 12/12/2019
    Promulgada: 19/12/2019
    Publicada: 20/12/2019
    Boletin Of. N°: 29642

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase  la Ley N° 9188, de la siguiente
    manera: 
    
     1.- Sustituir  el  Art. 12,  por el siguiente:
    
       “Art. 12.-  Créase  una  Comisión  Interpoderes  para  el
    análisis   y  la  evaluación  de  la  implementación  de  la
    presente Ley,  el  control y seguimiento de los resultados y
    para la  elaboración de propuestas superadoras en materia de
    lucha contra el narcomenudeo en la Provincia.
    
       La Comisión Interpoderes estará integrada por:
    
       1. Un (1) vocal de la Corte Suprema de Justicia de la
       Provincia. 
       2. El Ministro Público Fiscal.
       3. El Ministro Pupilar y de la Defensa.
       4. El Ministro de Gobierno y Justicia. 
       5. El Ministro de Seguridad.
       6. El Presidente de la Comisión de Seguridad y Justicia
       de la H. Legislatura.
       7. Tres (3) Legisladores, dos (2) por la mayoría y uno
       (1) por la minoría.
     
       Se invitará  a  integrar  la  Comisión  Interpoderes a un
    representante   de     la  Justicia  Federal  y  a  uno  del
    Ministerio Público Fiscal  de  la  Nación.
       La Comisión  Interpoderes se constituirá por  el  término
    de  cuatro (4) años y dictará  su  propio reglamento.
       En  el marco  de  la Comisión Interpoderes se constituirá
    una  Mesa  de  Coordinación    Ejecutiva,   la   que  tendrá
    por objeto  coordinar      la  realización  de  las  medidas
    necesarias   para  la  efectiva    implementación    de   la
    presente   Ley  y  estará integrada   por    representantes,
    con   rango   no   inferior a Secretario  de  Estado    o su
    equivalente,  de   la   Corte   Suprema   de  Justicia,  del
    Ministerio  Público  Fiscal, del Ministerio   de  Gobierno y
    Justicia,  del   Ministerio de Seguridad y de la Comisión de
    Seguridad y  Justicia de la H. Legislatura.”
    
       2.- Sustituir el Artículo 17, por el siguiente texto:
    
       “Art. 17.- La presente Ley comenzará a regir a partir del
    1 día  Septiembre   de  2020, con  excepción del Art. 12 que
    entrará en  vigencia    a    partir    de  su  publicación.”
    
       3.- Incorporar  como Art. 18 nuevo de la presente Ley, el
    siguiente  texto: 
       “Art.   18.-  A  partir  de la publicación de la presente
    Ley,   los titulares de los Poderes del Estado y Ministerios
    integrantes  de  la Comisión Interpoderes creada por el Art.
    12,   deben  adoptar las medidas necesarias p ara que en sus
    respectivas   áreas       se     realicen    los    estudios
    preliminares necesarios  para  definir  todas las cuestiones
    normativas,  procedimentales,  operativas,   logísticas  así
    como los    recursos  humanos,  materiales y presupuestarios
    que se  estimen  necesarios  para  la  implementación  de la
    presente Ley.” 
    
       4.- Incorporar  como Art. 19 nuevo de la presente Ley, el
    siguiente  texto:
      
       “Art. 19.-  Dentro  de  los  quince (15) días hábiles  de
    constituida   la  Mesa   de  Coordinación  Ejecutiva  de  la
    Comisión Interpoderes       prevista  en  el  Art.  12, cada
    uno de  sus  integrantes  debe  proponer  un  cronograma  de
    actividades, reformas,  adquisiciones    y    acciones   que
    correspondan  realizar   en  sus  respectivas jurisdicciones
    a los  fines de  la puesta en  vigencia de la presente Ley.”
    
       5.- El Art. 18, pasa a ser Art. 20.
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada  en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de   Tucumán,  a los  doce días del mes de
    diciembre del año dos mil diecinueve.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 9188
    Vinculada a Ley 9302

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 9188 -ADHIERE LA PROVINCIA DE TUCUMAN AL ARTICULO 34 DE LA LEY NACIONAL N° 23737 Y SUS MODIFICATORIAS LEY N° 26052 Y LEY N° 27502 (NARCOMENUDEO)-.

  • Observaciones