Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Prorrógase la entrada en vigencia de la Ley
N° 9188 y su modificatoria Ley N° 9212, hasta el 15 de
Abril de 2021.
Art. 2°.- El Poder Judicial de la Provincia deberá
convocar a la constitución de la Comisión Interpoderes
creada por el Artículo 12 de la Ley N° 9188 y sus
modificatorias, en el plazo de treinta (30) días de
promulgada la presente.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de
setiembre del año dos mil veinte.