La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Se establece con carácter excepcional hasta
el 31 de Diciembre del año 2022, la suspensión de la
exigencia establecida en el Art. 53, Inciso b), Subinciso 1
de la Ley Nacional. N° 24.449, para los vehículos de
transporte público de pasajeros que actualmente se
encuentran en servicio.
Art. 2°.- Invítase a las Municipalidades a adherir a la
presente Ley.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciséis días del
mes de diciembre del año dos mil veintiuno.