La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio Público
Fiscal la Unidad Fiscal de Delitos Cibernéticos, que tendrá
a su cargo la investigación de los delitos cometidos por
medio de recursos telemáticos, cibernéticos y/o
tecnológicos.
Art. 2°.- Modifícase la Ley N° 6238 y sus modificatorias
(Orgánica del Poder Judicial), en la forma que a
continuación se indica:
- En el Art. 83, sustituir el Inc. 22, por el siguiente:
"22. Catorce (14) Fiscalías de Instrucción en lo Penal"
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciséis dias del
mes de diciembre del año dos mil veintiuno.