La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación el inmueble ubicado en Las Talitas,
departamento Tafí Viejo - Parcela N° 3, identificado según
Plano de Mensura N° 1513/N/80 con la siguiente Nomenclatura
Catastral: Circunscripción 1, sección 25, Manz/Lámina 1S,
Parcela: 480, Subparcela 000, Padrón Inmobiliario N° 215822,
e inscripto en la Matrícula Registral N-21963.
Art. 2°.- Déjase establecido que el inmueble expropiado
será destinado a la construcción de una Jefatura de Zona 3
de la Policía de la Provincia y de una Alcaidía.
Art. 3°.- Prescíndase por razones de urgencia del
procedimiento administrativo de avenimiento, conforme lo
dispuesto por el Artículo 14 y 28 inciso 2 de la Ley N° 5006
y sus modificatorias.
Art. 4°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las
adecuaciones presupuestarias necesarias para la
implementación de esta Ley.
Art. 5°.- Derógase la Ley N° 9469.
Art. 6°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los ocho días del mes de
febrero del año dos mil veintidós.