La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 7976 y su
modificatoria en la forma que a continuación se indica:
En el Artículo 1°, reemplazar la expresión: "hasta la
suma de Pesos Quinientos Cincuenta Mil ($ 550.000.)",
por: "hasta el valor equivalente de quince mil (15.000)
litros de nafta premium".
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los ventiún días del mes de
diciembre del año dos mil veintitrés.