* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase que continúan en vigencia los de-
cretos leyes dictados en la provincia desde el 4 de marzo de
1955 al 30 de abril de 1958.
Art.2º.- Quedan derogados, a partir de la promulgación de
la presente ley, los siguientes decretos leyes:
a) Nº 176, del 13/2/58, sobre nombramiento de una comi-
sión para investigar el caso policial Repetto.
b) Nº 184, del 17/3/58, sobre exención de derechos a la
Federación de Asociaciones Mutualistas para publicaciones en
el Boletín Oficial.
c) Nº 20/1, del 28/6/57, Nº 35/1, del 28/3/58 y Nº 33/1
del 28/3/58 sobre adjudicación de departamento en el edi-
ficio del Instituto de Previsión Social.
d) Nº 37/1, del 6/8/57, facultando a la Subsecretaría de
Agricultura el otorgamiento de concesiones y el control de
las mismas en el Parque Centenario 9 de Julio.
e) Nº 47/1, del 22/8/57, sobre designaciones para inte-
grar el Organismo Interprovincial del Agua para el Noroeste
Argentino.
f) Nº 200, del 18/4/58, sobre ampliación de una partida
del Ministerio de Gobierno en la suma de $ 125.000.
g) Nº 43/1, del 25/4/58, sobre compensación y condonación
de deuda de la Caja Popular de Ahorros por un mínimo de $
14.444.324.12.
h) Nº 54/1, del 25/11/57, sobre condonación de deuda de
la caja Popular de Ahorros por $ 10.590.236.77.
i) Nº 39/1, del 25/4/58, sobre creación de dos cargos de
auxiliares y uno de bolillero en la Caja Popular de Ahorros.
j) Nº 173, del 3/2/58, sobre creación de una partida de
$ 440.220 en el Ministerio de Gobierno para adquisición de
cuatro jeeps.
k) Nº 181, del 1/3/58, sobre ampliación de diversas par-
tidas en el Ministerio de Gobierno por un monto de $ 70.000.
l) Nº 194, del 7/4/58, sobre ampliación de diversas par-
tidas en el Ministerio de Gobierno por un monto de $ 98.000
m) Nº 168, del 23/1/58, sobre creación de una partida
para moblaje, artefactos y tapicería en el Ministerio de Go-
bierno por un monto de $ 150.000.
n) Nº 84/17, del 22/1/58, sobre creación del cargo de O-
ficial 2º en el Ministerio de Hacienda.
ñ) Nº 28/1, del 18/3/58, sobre creación de siete cargos
de auxiliares y uno de ordenanza en la Caja Popular de Aho-
rros.
o) Nº 3/10, del 15/4/58, por el que se abre un crédito
extraordinario por la suma de $ 250.000 para abonar servi-
cios que sean contratados por la Estación Experimental Agrí-
cola de Tucumán.
Art.3º.- Créase una comisión especial, integrada por tres
senadores y cinco diputados, encargada de aconsejar la modi-
ficación o derogación de los decretos leyes no comprendidos
en el artículo anterior.
Las presidencias designarán los miembros de las respecti-
vas Cámaras.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta días de junio de mil novecientos cinco y ocho.-