• Detalle de Ley

    Ley N°: 3170
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 24/07/1964
    Promulgada: 13/08/1964
    Publicada: 25/08/1964
    Boletin Of. N°: 15836

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  2º de  la ley  nº
    2.233 y sus  modificatorias, sustituyendo  "trescientos cin-
    cuenta pesos"  por  "quinientos pesos"  y "quinientos pesos"
    por " setecientos cincuenta pesos".
    
       Art. 2º.- La erogación que demande el cumplimiento  de lo
    dispuesto en el artículo 1º, al igual que el otorgamiento de
    nuevas pensiones, se atenderá con la participación  que  co-
    rresponda al Instituto de Previsión Social  de la  Provincia
    en virtud de lo establecido  por el  artículo  5º  de la ley
    2.786 y el artículo 1º de la 3.138.
    
       Art. 3º.- A los efectos dispuestos  en los artículos pre-
    cedentes,la Caja Popular de Ahorros, en base al resultado de
    los ejercicios anteriores, estimar  a cada  año el  monto de
    la participación  que corresponda  al Instituto de Previsión
    Social  de la Provincia e ingresará en forma  provisoria del
    1 al 10 de cada mes, el duodécimo de la suma calculada.
       Si al finalizar el ejercicio existiera saldo favorable al
    Instituto se ingresará el mismo dentro de los 10 días subsi-
    guientes; caso contrario, las sumas  anticipadas  en  exceso
    serán deducidas de las que correspondan por el próximo ejer-
    cicio.
    
       Art. 4º.- La Caja Popular de Ahorros liquidará  dentro de
    los 30 días de promulgada la presente ley, la  participación
    que le corresponde al Instituto de  Previsión  Social  de la
    Provincia por ley 2.786, correspondiente a los años compren-
    didos entre 1959 y 1963.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de Tucumán, a los veintiocho  días  del mes de julio del año
    mil novecientos sesenta y cuatro.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2233
    Modificada por Ley 3815
    Modificada por Ley 4360
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 2233 Y SUS MODIFICATORIAS -PENSIÓN A LA
    VEJEZ-

  • Observaciones