* DEROGADA *
VISTO, lo actuado en Expediente Nº 363/219-SAL-80 del Re-
gistro de la Secretaría de Asuntos Legislativos y el Decreto
Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legisla-
tivas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Apruébase el Texto Ordenado de la Ley Nº
4.616 "Orgánica de Tribunales" y sus modificatorias Leyes
Números 4.659, 4.676, 4.727, 4.747, 5.172, 5.174, 5.176,
5.189 y 5.235 que como Anexo Unico forma parte integrante de
la presente Ley.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.