Visto,lo actuado en Expediente nº 359/200-D-81 del Regis-
tro del Departamento General de Policía y el Decreto Nacio-
nal nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas
conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1.- Sustitúyense en los artículos 34 de la Ley
Orgánica Policial Nº 3.656; 4º, 163, 164 y anexos 1, 2, 3, 4
y 5 de la Ley del Personal Policial Nº 3.823; y 15 de la Ley
de Retiros y Pensiones Policiales número 3.886 las denomina-
ciones "Inspector Mayor e Inspector General" por "Comisario
Mayor y Comisario General".
Art. 2.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.