* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº
6.445, modificada por Ley Nº 6.481, el que queda redacta-
do de la siguiente manera:
"Art. 2º.- Fíjase el siguiente cronograma mínimo para al-
canzar la privatización declarada en el artículo 1º:
a) Presentación proyecto ley marco
regulatorio................... hasta 31.10.93
b) Aprobación ley marco regulatorio hasta 30.12.93
c) Precalificación de empresas... hasta 31.01.94
d) Dictamen de precalificación de
empresas...................... hasta 28.02.94
e) Venta de pliegos para la oferta hasta 28.02.94
f) Recepción de ofertas.......... hasta 31.05.94
g) Dictamen de preadjudicación... hasta 01.08.94
h) Adjudicación, firma del contrato
de concesión, entrega de bienes
y demás actos relacionados con
el procesos de concesión..... hasta 30.09.94"
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
noviembre de mil novecientos noventa y tres.