• Detalle de Ley

    Ley N°: 6921
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 17/12/1998
    Promulgada: 30/12/1998
    Publicada: 13/01/1999
    Boletin Of. N°: 24443

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el Inciso b) del Artículo 2º de
    la Ley  Nº  6.796 sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº
    6.877 por el siguiente:
    
          "b) El  saldo  hasta retirar totalmente de circulación
    dichos bonos en un plazo que no podrá exceder el 15 de marzo
    de 1999,  no  pudiendo  realizarse  nuevas  emisiones de los
    mismos en  los  términos  de la Ley Nº 5.728 y sus modifica-
    torias".
    
       Art. 2º.- Derógase  el  Artículo  2º de la Ley Nº 6.877 y
    los Artículos 2º y 3º de la Ley Nº 6.896.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecisiete días del mes de
    diciembre de mil novecientos noventa y ocho.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6796
    Modifica a Ley 6877
    Modifica a Ley 6896
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    -MODIFICA LA LEY 6796 EXTENDIENDO EL PLAZO PARA EL RESCATE TOTAL Y DEFINITIVO DE LOS BONOS DE CANCELACION DE DEUDAS.
    -DEROGA EL ARTICULO 2º DE LEY 6877 Y 2º Y 3º DE LEY 6896.

  • Observaciones