* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de
2005, la vigencia de la ley Nº 6.987 y sus modificatorias
(Emergencia Económica - Financiera del Estado Provincial).
Art. 2º.- Durante la vigencia de la ley que se prorroga
por el artículo anterior, declárase la inembargabilidad de
la totalidad de los recursos del Estado Provincial.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de
Diciembre del año dos mil cuatro.