* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de
2009, la vigencia de las Leyes Nº 6.987 y sus modificatorias
(Emergencia Económico-Financiera del Estado Provincial) y Nº
6.866 y sus modificatorias (Estado de Emergencia Económi-
co-Financiera de las Municipalidades y Comunas Rurales).
Art. 2º.- Durante la vigencia de las leyes que se prorro-
gan por el artículo precedente, declárase la inembargabili-
dad de la totalidad de los recursos del Estado Provincial,
de las Municipalidades y Comunas Rurales.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de di-
ciembre del año dos mil siete.