* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Declárase en Estado de Emergencia la situa-
ción económico-financiera de las administraciones de la Mu-
nicipalidad de San Miguel de Tucumán, Municipios del Inte-
rior y Comunas Rurales.
Art. 2º.- El Estado de Emergencia declarado en el artícu-
lo anterior, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de
2009.
Art. 3º.- Por el término de la vigencia de la presente
ley, decláranse inembargables la totalidad de los recursos
de las administraciones enunciadas en el artículo 1º de esta
Ley.
Art. 4º.- Suspéndese por igual término la totalidad de
los juicios en trámite de ejecución de sentencia judicial,
actos administrativos, acuerdos transaccionales y/o laudos
arbitrales que reconozcan la existencia de obligaciones al-
canzadas por la consolidación de deudas declaradas por cada
uno de los Municipios y Comunas Rurales.
Art. 5º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Leyes Nº 7331 y 7975.-