La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 8406 (Creación Juzgado
de Menores en el Centro Judicial de Monteros), en la forma
que a continuación se indica:
- En el Art. 2º, sustituir el texto correspondiente al
Art. 88, por el siguiente:
"Art. 88.- Competencia en Materia Penal. El Juzgado de
Instrucción, el Juzgado de Menores y la Fiscalía de
Instrucción ejercerán su competencia y funciones en el
Centro Judicial Monteros. El resto de la competencia en
materia Penal corresponderá a los Juzgados
Correccionales, a la Cámara en lo Penal y a las
respectivas Fiscalías Correccionales y de Cámara Penal
del Centro Judicial Concepción, hasta tanto estos
últimos cargos sean creados en el Centro Judicial
Monteros."
- Incorporar como Art. 3º, el siguiente:
"Art. 3º.- El actual Juez de Instrucción y de Menores
del Centro Judicial Monteros, tendrá la competencia de
Juez de Menores."
- Los Artículos 3º y 4º, pasan a ser Artículos 4º y 5º,
respectivamente.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes
de abril del año dos mil once.