La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el Decreto Acuerdo de Necesidad
y Urgencia Nº 72/1 de 2007, que adquirió fuerza de Ley
conforme al Artículo 101 inciso 2) de la Constitución de la
Provincia y su modificatoria Ley Nº 8064, en la forma que a
continuación se indica:
- En el segundo párrafo del Artículo 10, reemplazar la
expresión: “Cuando el monto a contratar exceda la suma
de $10.000, deberá difundir la convocatoria en el sitio
Internet del Superior Gobierno de la Provincia, en la
sección de la Dirección General de Compras y
Contrataciones, dependiente de la Secretaría General de
la Gobernación.”, por: “Cuando el monto a contratar
exceda la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000.-), deberá
difundir la convocatoria en el portal web oficial del
Superior Gobierno de la Provincia, en la sección Compras
Públicas-Bienes y Servicios.”
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de mayo
del año dos mil doce.