• Detalle de Ley

    Ley N°: 9279
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 23/07/2020
    Promulgada: 30/07/2020
    Publicada: 04/08/2020
    Boletin Of. N°: 29788

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Sustitúyese  el  Artículo  10  del  Decreto
    Acuerdo de Necesidad  y  Urgencia  N° 72/1  de  fecha  25 de
    Octubre  de  2007  (modificado  por  Leyes N° 8494,  N° 8663
    y N° 9100), por el siguiente:
       "Art. 10.- Las obras y/o trabajos que ejecute el Ente  de
    Infraestructura   Comunitaria   quedan  exceptuados  de  las
    disposiciones de la Ley N° 5854 -Ley de Obras Públicas.  Las
    contrataciones   que   se  realicen  para  la  ejecución  de
    las obras y/o trabajos mencionados quedan encuadrados en  la
    excepción  prevista en el inciso 13 del Art. 59 de la Ley N°
    6970 - Ley  de  Administración  Financiera,  siempre  que el
    costo  de  los  materiales,  servicios  de terceros, y demás
    insumos integrantes del mismo no exceda la suma de Pesos Dos
    Millones  ($2.000.000.-).   La   inversión  en  maquinarias,
    herramientas y demás equipamientos necesarios para llevar  a
    cabo dichas obras y trabajos, queda  igualmente  incluida en
    dichas excepciones cualquiera sea su monto.
       El Ente queda, en consecuencia, facultado a contratar  en
    forma  directa,  previo  cotejo  de  precios,  los   bienes,
    servicios e insumos  mencionados,  debiendo  instrumentar  a
    tales   efectos   las  invitaciones  pertinentes  a  por  lo
    menos tres (3) proveedores del ramo.
       Cuando  el  monto  a  contratar  exceda  la suma de Pesos
    Cuatrocientos   Mil  ($400.000.-),   deberá   difundir    la
    convocatoria en el Portal Web Oficial del  Superior Gobierno
    de la Provincia,  en la Sección Compras Públicas - Bienes  y
    Servicios.
       El   Poder   Ejecutivo   podrá   actualizar   los  montos
    consignados  en  el presente artículo, en base al incremento
    del nivel general del indice de  Precios  al  Consumidor  de
    Tucumán.
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada  en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintitrés días del mes de
    julio del año dos mil veinte.
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Decreto DECRETO ACUERDO 72-1-2007
    Vinculada con Ley 5854
    Vinculada con Ley 6970
    Vinculada con Ley 8494
    Vinculada con Ley 8663
    Vinculada con Ley 9100

  • Resumen

    MODIFICA DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 72/1 DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2007 (CREACION DEL ENTE DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA COMO ORGANISMO DECENTRALIZADO).

  • Observaciones