• Detalle de Ley

    Ley N°: 8957
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ECONOMICO - NO GENERALES
    Sancionada: 21/12/2016
    Promulgada: 26/12/2016
    Publicada: 29/12/2016
    Boletin Of. N°: 28910

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a la
    firma  AEGIS  ARGENTINA  S.A.,  con  domicilio  en Tupiza N°
    3950, de  la  Ciudad  Autónoma  de Buenos Aires, un subsidio
    mensual equivalente  al 25% (veinticinco por ciento), de las
    retribuciones brutas  mensuales  que abone a cada uno de sus
    empleados que cumplan funciones de operadores de procesos de
    negocios y/o  agentes  de  telemercadeo,  tanto  en concepto
    remunerativos como  no  remunerativos,  homologados  por  el
    Ministerio de  Trabajo  y  que no superen los Pesos Tres Mil
    Ciento Cincuenta,  ($  3.150.-). No procederá el cálculo del
    subsidio sobre el excedente de dicho importe.
    
       Art. 2°.- Déjase  establecido que para la procedencia del
    beneficio  mencionado  en    el    artículo  precedente,  es
    condición indispensable  que  los  empleados  de los Contact
    Center que  explota  la firma sean mayores de dieciocho (18)
    años, con  residencia  en la Provincia de Tucumán y no hacer
    reducción de  personal  superior al 10% (diez por ciento) de
    la planta contemplada por el Artículo 2° de la Ley N° 8483.
    
       Art. 3°.- Dispónese   que  el  subsidio  previsto  en  el
    Artículo  1° tendrá una vigencia de cuatro (4) años a partir
    del 01/08/16. 
    
       Art. 4°.- El  control  mensual  de  la nómina de personal
    ocupado y del cumplimiento de los requisitos previstos en la
    presente norma,  estará  a cargo  de la Secretaría de Estado
    de Gestión  Pública    y   Planeamiento,  en  los  plazos  y
    condiciones que se establezcan en la reglamentación.
       Una vez  aprobada  la  documentación  por  la  empresa  y
    realizada   la    liquidación  del  subsidio,  remitirá  las
    actuaciones a  la  Secretaría  General de la Gobernación, la
    que tendrá a su cargo el pago del subsidio correspondiente.
    
       Art. 5°.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo a realizar las
    adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el
    cumplimiento de la presente Ley.
    
       Art. 6°.- Comuníquese.  
       Dada en  la Sala de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán, a  los  veintiún días del mes
    de diciembre del  año dos mil dieciséis.
    

  • Relaciones

    Ley Modificada por Decreto DECRETO ACUERDO 1-1-2017
    Vinculada con Ley 8483
    Vinculada con Ley 8484
    Vinculada a Ley 9757

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A OTORGAR A LA FIRMA AEGIS ARGENTINA S.A., UN SUBSIDIO MENSUAL EQUIVALENTE AL 25% DE LAS RETRIBUCIONES BRUTAS MENSUALES QUE ABONE A CADA UNO DE SUS EMPLEADOS.

  • Observaciones

    -DCTO.4346/3-2016- B.O.18-01-2017 ESTABLECE ALÍCUOTA(0%) PARA PAGO DE IMPUESTOS SOBRE INGRESOS BRUTOS Y SALUD PUBLICADESDE EL PERIODO FISCAL 2017 HASTA EL 31-12-2020- PARA LAS ACITIVADES CALL CENTER, CONTACT CENTER Y WEB HOSTING.-
    -DCTO.689/1-GOB-2017-B.O.27-03-2017- REGLAMENTARIO