• Detalle de Ley

    Ley N°: 9081
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 15/03/2018
    Promulgada: 21/03/2018
    Publicada: 23/03/2018
    Boletin Of. N°: 29215

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Facúltase  al  Poder Ejecutivo, a autorizar
    la   continuidad de la prestación del Servicio Provincial de
    Transporte Público  Automotor  de  Pasajeros de jurisdicción
    provincial, en  los  términos  del  Artículo 7° de la Ley N°
    6210, a las actuales Empresas prestatarias del Servicio.
    
       Art. 2°.- Facúltase  al  Poder Ejecutivo a otorgar, a las
    actuales Empresas  prestatarias  del  Servicio Provincial de
    Transporte Público  de Pasajeros de jurisdicción provincial,
    un plazo  de  180  (ciento  ochenta)  días para acreditar el
    cumplimiento de  las  exigencias  y  requisitos de la Ley N°
    6210 y concordantes para ser prestadoras del Servicio.
    
       Art. 3°.- Para  las actuales Empresas prestatarias que no
    den   cumplimiento  a lo establecido en el Artículo 2° de la
    presente Ley, será de aplicación lo dispuesto en el Artículo
    46 de la Ley N° 6210 y concordantes.
    
       Art. 4°.- Comuníquese.  
       Dada en  la Sala de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de Tucumán, a  los  quince días del mes de
    marzo del año dos mil dieciocho.
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 6210
    Vinculada a Ley 9102
    Vinculada a Ley 9137

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO, A AUTORIZAR LA CONTINUIDAD DE LA PRESTACION DEL SERVICIO PROVINCIAL DE TRANSPORTE PUBLICO AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE JURISDICCION PROVINCIAL, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 6210, A LAS ACTUALES EMPRESAS PRESTATARIAS DEL SERVICIO.

  • Observaciones

    -DCTO.897/7(STSV)-2018- B.O.10-04-2018- CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE JURISDICCION PCIAL, A LAS ACTUALES PRESTATARIOS DE SERVICIO-AP. REQUISITOS Y CONDICIONES.-
    -DCTO.3834/8-MOYSP-2024- B.O.26-11-2024- PRORROGA X 2 AÑOS DEL DCTO.897/7-STSV-2018