• Detalle de Ley

    Ley N°: 9140
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 22/06/2018
    Promulgada: 17/12/2018
    Publicada: 20/12/2018
    Boletin Of. N°: 29398

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase  la  Ley  N°  5473 (Estatuto del
    Empleado Público) de la siguiente manera:
    
       - Sustitúyase  el   inciso  4  del  Artículo  27  por  el
    siguiente: 
    
       "4. Por maternidad: Es de carácter obligatorio y con goce
       íntegro  de  los   haberes, no  pudiéndose  postergar  su
       otorgamiento o interrumpirse  por  decisión del empleador
       ni a  pedido  de  la  trabajadora. La  presente  licencia
       deberá ser tomada de la siguiente manera:
    
            a) Pre-parto:  Se  concederá  a  la  trabajadora  un
            período  máximo de treinta (30) días  corridos antes
            de la fecha probable de parto.
            b) Post-parto: Se  otorgará  ciento  cincuenta (150)
            días corridos a partir del nacimiento del hijo de la
            agente, pudiéndose  extenderse  la  misma  hasta  un
            plazo  de  ciento ochenta (180) días hasta completar
            el total de la licencia por maternidad."
    
       Art. 2°.- Los  plazos  establecidos  en  la presente Ley,
    serán   aplicables  igualmente  a  las  trabajadoras  que se
    encuentren actualmente en el uso de licencia por maternidad.
    
       Art. 3°.- Comuníquese.
       Dada  en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de   Tucumán, a  los  veintidós  días  del
    mes de junio del año dos mil dieciocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5473
    Vinculada con Ley 9056
    Vinculada a Ley 9409

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 5473 -ESTATUTO DEL EMPLEADO PUBLICO-. LICENCIA POR MATERNIDAD.

  • Observaciones