• Detalle de Ley

    Ley N°: 99
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 14/12/1857
    Promulgada: 15/12/1857
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La H.S.  de  Representantes  en  uso de sus facultades ha
    sancionado la siguiente
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Queda derogada la ley  de 19 de Febrero del
    corriente año  por  la que se rebaja por mitad todas las pa-
    tentes que excedan de diez pesos anuales.
    
       Art. 2º.-  Desde  el 1º de Enero de 1858 pagarán las tres
    cuartas partes del valor anual impuesto por las leyes vigen-
    tes de  17  de Noviembre de 1854, 17 de Febrero de 1856 y 16
    de Febrero de 1857.
    
       Art. 3º.-  No  quedan  comprendidas en la disposición del
    artículo anterior,  las  patentes cuyo valor no pase de diez
    pesos anuales:  las curtidurías distantes más de tres leguas
    de la  ciudad:  los  billares,  cafés,  reñideros de gallos,
    maestros albañiles  empresarios de obras: las boticas, médi-
    cos y  abogados en ejercicio; quedando todas éstas sujetas a
    las leyes vigentes a que se refiere el artículo 2º.
    
       Art. 4º.- Comuníquese, etc.
    
       Tucumán, Diciembre 15 de 1857.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 44
    Modifica a Ley 45
    Modifica a Ley 75
    Deroga a Ley 76
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    DEROGA LA LEY 76, QUE REBAJA ALGUNAS PATENTES. MODIFICA LEYES 44, 45 Y 75.

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 2- PAGINA 78