* CADUCA *
Visto los propósitos y objetivos básicos del proceso de
reorganización en desarrollo y lo dispuesto en el orden na-
cional mediante Ley Nº 21.485, de fecha 30 de diciembre de
1976,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1977
los efectos del Decreto-Ley Nº 8/3 (SH), de fecha 9 de abril
de 1976 sobre el Régimen de Prescindibilidad dispuesto por
el Gobierno Provincial.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-