La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Llamado a Concursos para la cobertura de
cargo de juez en el Fuero del Trabajo.- Tener presente que
ante las recientes modificaciones introducidas por las Leyes
N° 8969 y N° 8971, al momento de la cobertura de los cargos
en el fuero del trabajo, deberá llamarse atendiendo las
nuevas denominaciones de los magistrados, esto es: a)
concurso para cubrir cargo como Juez de la Cámara de
Apelaciones del Trabajo; y b) concurso para el cargo como
Juez del Trabajo de Primera Instancia, modificándose de este
modo las disposiciones que rigen sobre el particular.
Art. 2.- Disponer que los cargos que ya fueron
concursados en los distintos juzgados que se encuentran
vacantes en el Fuero del Trabajo, de los distintos Centros
Judiciales de la Provincia de Tucumán, se entienda como que
los ternados concursaron conforme a las nuevas
denominaciones consagradas por las Leyes N° 8969 y N° 8971 y
que refiere el artículo que antecede.
Art. 3.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciséis días del
mes de febrero del año dos mil diecisiete.