La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Tucuman a la Ley
Nacional N° 27.499, que establece el "Programa de
Capacitación Obligatoria en Temática de Género y Violencia
contra las Mujeres" conocida como la Ley "Micaela" dirigido
a las personas que se desempeñan en la función pública en
todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o
transitoria, por cargo efectivo, designación directa, por
concurso o por otro medio legal en el ámbito de los tres
Poderes del Estado Provincial.
Art. 2°.- Los encargados de la aplicación y control de la
presente Ley serán los titulares de cada Poder del Estado,
los que deberán adoptar en sus propias esferas las medidas
pertinentes para el dictado de la capacitación a los
integrantes de cada Poder; debiendo anualmente publicar en
su Página Web lo actuado durante el año.
Art. 3°.-lnvitar a los Municipios a adherir a la presente
Ley.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los ventiún días del mes de
mayo del año dos mil veinte.