La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Otórgase el carácter de titular a los do-
centes interinos de la Escuela Díaz Vélez incluidos los a-
gentes que ejercen la modalidad Especial y que reúnan los
siguientes requisitos:
a) Que hayan observado el procedimiento concursal y
orden de méritos previstos en la Ley Nº 3.470 y su reglamen-
tación.
b) Que registren una antigüedad mínima en las horas
cátedras de dos (2) años cuando posean Título Docente, tres
(3) años cuando posean Título Habilitante y cuatro (4) años
cuando posean Título Supletorio.
c) Que no tengan investigaciones administrativas
pendientes de resolución, como tampoco las sanciones previs-
tas en los incisos c) al g) del Artículo 55 de la Ley Nº
3.470.
d) Que cumplan con las normas de compatibilidad de
cargos vigentes, debiendo al efecto presentar Declaración
Jurada de cargos.
e) Que reúnan las condiciones de aptitud física pa-
ra el cargo.
f) Que no perciban jubilación alguna o encontrarse
en condiciones de acceder a la misma.
Art. 2º.- Los docentes que reúnan los requisitos estable-
cidos en el Artículo 1º, deberán efectuar la correspondiente
petición ante la Dirección del Establecimiento, dentro del
término de treinta (30) días hábiles a partir de la publica-
ción de la presente ley.
Art. 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que a través
de la Secretaría de Estado de Educación, proceda a determi-
nar la continuidad o no de la Escuela Díaz Vélez; como así
también la reubicación del personal docente a titularizarse.
Art. 4º.- La titularización dispuesta por la presente ley
se efectuará en el cargo que desempeñe el docente, quedando
excluidos aquellos que se encuentren en situación incompati-
bilidad legal o funcional conforme a lo normado por el De-
creto Nº 785/14 (SE)96.
Art. 5º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las
compensaciones presupuestarias necesarias para la aplicación
de la presente ley.
Art. 6º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
febrero del año dos mil cinco.