• Detalle de Ley

    Ley N°: 9345
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TRIBUTARIO - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 05/11/2020
    Promulgada: 16/12/2020
    Publicada: 18/12/2020
    Boletin Of. N°: 29881

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                                LEY:
    
    
       Artículo 1°._Exímase, por un plazo de cinco (5) años, del
    pago  del  Impuesto  sobre   los  Ingresos Brutos a la Firma
    MACROPHARMA S.A.,  CUIT  N°  30-70865088-5, con domicilio en
    Avda. Circunvalación y El Salvador, Parque Industrial - Lote
    N° 8 de la ciudad de San Miguel de Tucumán.
    
       Art. 2°.- Para  la  procedencia del Beneficio establecido
    en  el artículo anterior, la firma deberá:
    
       1. Invertir una suma no menor a Pesos Veintiocho Millones
       Setecientos Cuarenta Mil ($ 28.740.000) , en el  Proyecto
       de Inversión denominado "PROYECTO  DE  INVERSION  PARA LA
       AMPLlACION EDILICIA, COMPRA DE FLOTA  DE  VEHICULOS  Y LA
       ADQUISICION DE EQUIPAMIENTOS  TECNOLOGICOS,  CAPACITACION
       PARA LA EXPORTACION DE PRODUCTOS NACIONALES AL EXTERIOR".
    
       2. Presentar el Proyecto de Inversión  definitivo,  plano
       de obra, memoria  descriptiva  y  toda  la  documentación
       técnica   requerida  por  el  Ministerio   de  Desarrollo
       Productivo,  quien   tendrá  a  su  cargo  el  control de
       inversión.
                                                                
       3. Realizar  la   obra   en un  plazo máximo de doce (12)
       meses.
    
       4. Creación de no menos  de  tres (3) puestos de trabajos
       directos y veinte (20) indirectos.
    
       En caso  de    incumplimiento  parcial  o  total  de  los
    requisitos   mencionados,  quedará  sin  efecto el beneficio
    establecido en la presente Ley.
    
       Art. 3°._ El  beneficio  que  se  establece  en esta Ley,
    tendrá   vigencia  a  partir del anticipo del Impuesto sobre
    Ingresos Brutos  correspondiente al mes de inicio de la obra
    del proyecto  mencionado  en  el  inc.  1  del Art. 2° de la
    presente Ley. 
    
       Art. 4°.- La  Autoridad  de Aplicación de la presente Ley
    será  el Ministerio de Economía.
    
       Art. 5°._ Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a realizar las
    adecuaciones presupuestarias  pertinentes  a  los  fines  de
    poner en ejecución la presente Ley.
    
       Art. 6°._ El Poder Ejecutivo queda facultado a establecer
    por  vía  reglamentaria    los  requisitos,   condiciones  y
    formalidades que  considere  necesarias  a  los  fines de la
    aplicación de la presente Ley.
    
       Art. 7°._ Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de   la  Provincia  de  Tucumán, a los cinco días del mes de
    noviembre del año dos mil veinte.
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 5121
    Vinculada con Ley 8467
    Vinculada con Ley 9324
    Vinculada con Ley 9325
    Vinculada con Ley 9326
    Vinculada con Ley 9327
    Vinculada con Ley 9328
    Vinculada con Ley 9329
    Vinculada con Ley 9330
    Vinculada con Ley 9331
    Vinculada con Ley 9332
    Vinculada con Ley 9333
    Vinculada con Ley 9334
    Vinculada con Ley 9335
    Vinculada con Ley 9336
    Vinculada con Ley 9337
    Vinculada con Ley 9338
    Vinculada con Ley 9339
    Vinculada con Ley 9340
    Vinculada con Ley 9341
    Vinculada con Ley 9342

  • Resumen

    EXIMESE, POR UN PLAZO DE CINCO (5) AÑOS, DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS A LA FIRMA MACROPHARMA S.A. SERA AUTORIDAD DE APLICACION EL MINISTERIO DE ECONOMIA.-

  • Observaciones